Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 21 de Febrero de 2013, expediente P-249/12

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2013

Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-249/12.-

LOPEZ, L.A. psa. de inf. a la ley 23.737-Unidad 6- Rw

.

-VEREDICTO/FUNDAMENTOS-

JF. R..-

modoro R., 21 de febrero de 2013.

VISTA:

La constitución del tribunal con el fin de fallar la causa nº P–249/12, caratulada “LOPEZ, L.A. psa. de infracción a la ley 23.737–Unidad 6 Rw.”, en trámite ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de Rawson, al haberse diferido en la audiencia celebrada el 11/12/12, la resolución referida a la situación procesal de L.A.L., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.P.N.,

Y CONSIDERANDO:

I.– A fs. 82/85 vta. el a quo dictó el procesamiento de L.A.L. en orden al delito de tenencia de estupefacientes para uso personal (art. 14, párrafo 2º, ley 23.737) y el embargo de sus bienes por la suma de $ 200, decisión USO OFICIAL

que el defensor oficial ad hoc del nombrado apeló a fs. 87/92

vta., concediéndose el recurso a fs. 96.

II.– En esta instancia, a fs. 103, se celebró la audiencia establecida por el art. 454 del C.P.P.N., compareciendo el defensor oficial ante esta cámara federal de apelaciones en representación de L., ocasión en la que asumió la posición reflejada en la grabación del audio registrado ese día. Quedó así

la causa en condiciones de ser resuelta.

III.– Cuadro fáctico.

Se atribuye a L.A.L., condenado alojado en el Pabellón 8 del Instituto de Seguridad y Resocialización del Servicio Penitenciario Federal (U.6), la posesión de un envoltorio de papel aluminio conteniendo 0,52 gr.

de material vegetal con semillas correspondientes a plantas de cannabis sativa, en las que se comprobó la presencia de los THC en una concentración del 4,30 % –1,04 cigarrillos de 0,5 gr.–, hecho detectado el 26/8/11, alrededor de las 17.30 hs., al procederse,

luego del horario de visita, a una requisa de rutina del nombrado y de la celda por él ocupada, hallándose el paquete en uno de los bolsillos del pantalón de gimnasia que L. vestía.

Se estableció que el causante había sido visitado por su compañera M.M.G. el 25/8/11, entre las 14.00 y 17.00 hs. (fs. 2, 4, 26, 29/32 vta., 34, 35, 36, 37, 40, 43/44,

58/66, 71/vta. y 72/vta.).

IV.– Situación procesal de L.A.L..

Adelantamos desde ya que disentimos con el posición del juez federal señalada en el Considerando I, ya que el diseño normativo constitucional atinente a la ejecución de la pena privativa de la libertad, ha garantizado a los reclusos el ejercicio de todos los derechos fundamentales no afectados directamente...

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