Ley N° 2550

FirmantesDe Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2007

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2550

PRÓRROGA DE LEYES - SE PRORROGA POR 2 AÑOS LOS EFECTOS DE UTILIDAD PÚBLICA Y OCUPACIÓN TEMPORARIA DE LOS INMUEBLES DESCRIPTOS EN LAS LEYES NROS. 1795 - 1796 - 2075 - 2379 - USOS GRATUITOS

Buenos Aires, 29/11/2007

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Prorrógase por el plazo de dos (2) años los efectos de la declaración de utilidad pública y la ocupación temporaria de los bienes inmuebles descriptos en las Leyes Nros. 1.795, 1.796, 2.075 y 2.379, los que comenzarán a regir desde el cumplimiento de los plazos previstos en el artículo 1° de las leyes mencionadas.

Artículo 2°

El Poder Ejecutivo deberá dar cumplimiento a las normas citadas en un plazo de treinta (30) días desde la promulgación de la presente ley.

Artículo 3°

Comuníquese, etc.

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