Ley N 3719/10

FirmantesMoscariello - Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2010

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N 3719/10 AGREGAN ARTÍCULOS A LA LEY 3233 - OBJETIVOS DE LA COMISIÓN DE INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL - ELECCIONES EN LAS COMUNAS - PRECONSEJOS CONSULTIVOS COMUNALES - JUNTAS COMUNALES

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Agréguese como Artículo 5° de la Ley 3233 el siguiente:

“Artículo 5°.- Crease la Comisión de Información, Seguimiento y Control del cumplimiento de las acciones descriptas en el artículo 4° de la presente Ley, constituida por representantes de Poder Ejecutivo, relacionados con las áreas atinentes al Proceso de Descentralización con rango no inferior a Subsecretario y la Comisión Bipartita creada por el artículo 48 de la Ley 1777. Los Subsecretarios podrán delegar su participación a quienes actuarán en nombre y representación de ellos.”

Art. 2°.- Agréguese como Artículo 6° de la Ley 3233 el siguiente:

“Artículo 6°: La comisión creada por el artículo anterior se reunirá cada treinta (30) días con el objeto de realizar:

  1. El análisis pormenorizado de las realizaciones y los contenidos de los temas previstos en el Artículo 4° de la presente, garantizando el carácter institucional, democrático, participativo de lo previsto en el artículo referido teniendo en consideración la fecha de realización de la elección de autoridades comunales.

  2. La evaluación de la marcha de las reuniones de los Preconsejos Consultivos Comunales convocadas por el Poder Ejecutivo, con el objeto de que las mismas se desarrollen con carácter institucional, promoviendo la participación de vecinos, organizaciones vecinales, redes sociales, ONGs, partidos políticos y todo otro ámbito con representatividad en la comuna.

  3. El análisis de las partidas presupuestarias a fin de garantizar su coherencia con el programa de transferencias y servicios y con el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 1777

Art. 3°.- Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 19...

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