Ley N° 10450 1º Sección: Legislación – Normativas EXTRAORDINARIA

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
MARTES 16 DE MAYO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 93 - EXTRAORDINARIA
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10450
Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los
inmuebles que a continuación se detallan:
a) Fracción de terreno que es parte del “Establecimiento El Chingolo”, ubi-
cada en el suburbio Norte de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital,
designada como Lote Nº 33, con una supercie de siete hectáreas, dos mil
ochocientos cuarenta metros cuadrados con setenta y cinco decímetros
cuadrados (7 ha, 2.840,75 m2). El inmueble está empadronado en la Di-
rección General de Rentas bajo el Número de Cuenta 11-01-353479-8, su
Nomenclatura Catastral es 11-01-01-16-16-006-004 y está inscripto en el
Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula Nº 1275148 (11);
b) Fracción de terreno designada como Lote Nº 39, ubicada en Villa Re-
tiro, ciudad de Córdoba, Departamento Capital, con una supercie de una
hectárea, nueve mil veintitrés metros cuadrados con cincuenta y cuatro
decímetros cuadrados (1 ha, 9.023,54 m2), conforme Plano Expediente
Nº 0033-66511/02, Plano Nº 124.418. El inmueble está empadronado en la
Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta 11-01-2394641-3,
su Nomenclatura Catastral es 11-01-01-16-15-001-039 y está inscripto en el
Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula 676.836 (11);
c) Fracción de terreno designada como Lote Nº 40, ubicada en Villa Re-
tiro, ciudad de Córdoba, Departamento Capital, con una supercie de una
hectárea, nueve mil veintitrés metros cuadrados con cincuenta y cuatro
decímetros cuadrados (1 ha, 9.023,54 m2), conforme Plano Expediente
Nº 0033-66511/02, Plano Nº 124.418. El inmueble está empadronado en la
Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta 11-01-2394642-1,
su Nomenclatura Catastral es 11-01-01-16-15-001-040 y está inscripto en el
Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula 676.837 (11);
d) Fracción de terreno designada como Lote Nº 41, ubicada en Villa Re-
tiro, ciudad de Córdoba, Departamento Capital, con una supercie de una
hectárea, nueve mil veintitrés metros cuadrados con cincuenta y cuatro
decímetros cuadrados (1 ha, 9.023,54 m2), conforme Plano Expediente
Nº 0033-66511/02, Plano Nº 124.418. El inmueble está empadronado en la
Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta 11-01-2394643-0,
su Nomenclatura Catastral es 11-01-01-16-15-001-041 y está inscripto en el
Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula 676.838 (11), y
PODER EJECUTIVO
Ley N° 10450 ....................................................................... Pag. 1
Decreto N° 655 .................................................................... Pag. 2
Ley N° 10451 ....................................................................... Pag. 2
Decreto N° 656 .................................................................... Pag. 2
Decreto N° 657 .................................................................... Pag. 3
e) Fracción de terreno que es parte del “Establecimiento El Chingolo”,
ubicada en el suburbio Norte de la ciudad de Córdoba, Departamento Ca-
pital, cuya mayor extensión se designa como Lote Nº 49, con una super-
cie aproximada a expropiar de una hectárea, seis mil ciento cuarenta y
cuatro metros cuadrados con setenta y siete decímetros cuadrados (1 ha,
6.144,77 m2). El inmueble está empadronado en la Dirección General de
Rentas bajo el Número de Cuenta 11-01-2414183/4, su Nomenclatura Ca-
tastral es 11-01-01-16-15-001-049 y está inscripto en el Registro General de
la Provincia en relación a la Matrícula 1.047.438 (11).
Artículo 2º.- Las medidas lineales, angulares y de supercie, así como
las colindancias denitivas serán las que resulten de las operaciones de
mensura que se realicen a los nes del cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 3º.- La expropiación dispuesta por la presente Ley tiene por objeto
la adquisición de los inmuebles descriptos en el artículo 1º para ser des-
tinados a la ejecución del Plan “LOTENGO”, creado mediante Decreto Nº
305/2016 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial.
Artículo 4º.- Los inmuebles que se declaran de utilidad pública y sujetos a
expropiación por la presente Ley ingresarán al dominio privado de la Pro-
vincia de Córdoba y se inscribirán en el Registro General de la Provincia,
facultándose al Poder Ejecutivo a efectuar las transferencias a título que
corresponda, para el cumplimiento de la nalidad de esta Ley.
Artículo 5º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a n de
reejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente
Le y.
Artículo 6º.- Establécese que la fracción de terreno designada como Lote
13, empadronada en la Dirección General de Rentas bajo el Número de
Cuenta 110118447557 e inscripta en el Registro General de la Provincia en
relación a la Matrícula Nº 111.619 (11), declarado de utilidad pública y suje-
ta a expropiación por Ley Nº 10245 -artículo 1º, inciso a)-, sea destinada
a la ejecución del Plan “LOTENGO” creado mediante Decreto Nº 305/2016
dictado por el Poder Ejecutivo Provincial.
Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
EDICIÓN EXTRAORDINARIA

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