Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 17 de Febrero de 2016, expediente FMZ 054018431/2012/60/CA024

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 54018431/2012/60/CA24 Mendoza, 17 de Febrero de 2016.-

Y VISTOS:

Los presentes autos: Nº FMZ 54018431/2012/60/CA24, caratulados: “LEGAJO DE PRÓRROGA DE PRISIÓN PREVENTIVA DE M.C., RAÚL sobre Infracción ley 23.737”, venidos del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Penal 4, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 06/09, en contra de la resolución de fs. 02/04 vta., en cuanto ordena prorrogar el plazo de la prisión preventiva del imputado.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. sub. 02/04 vta. el Sr. Juez "a-quo", dispuso prorrogar el plazo de cumplimiento en prisión preventiva de R.M.C., alegando que la complejidad de la causa; la cantidad de imputados y el riesgo procesal presente en la misma, justifican el dictado de la prórroga dictado.

  2. Que a fs. 06/09, la defensa de R.M.C., interpone recurso de apelación contra dicha resolución.

    Alega que la resolución no contiene una crítica concreta y razonada, de las razones por las cuales se determina la prórroga, toda vez que no se trata de una causa compleja y las mayores demoras se han dado por la producción de testimonios solicitados por la Fiscalía.

    Concedido el recurso de apelación, a fs. 13 se invita a las partes a que presenten sus informes por escrito.

    Fecha de firma: 17/02/2016 Firmado por: R.N.-.H.C.E.-.R.A.F., Jueces S.s de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara 1 #27551715#146781052#20160205114748955 En razón de ello, a fs. 19/23 vta. obra el escrito de fundamentación presentado por la defensa del imputado, reiterando los argumentos vertidos al momento de apelar e impetrando el cese de la prisión preventiva dispuesta y su prorroga.

  3. Que a fs. 24/24 vta., obra el informe presentado por el Sr. Fiscal General S.. Luego de una breve reseña de la doctrina y la jurisprudencia imperante en el tema, señala que no debemos aceptar ni la existencia de un plazo fatal, ni una decisión judicial arbitraria, sino que ella deberá estar regida por la gravedad del delito y la complejidad para investigarlo.

    Entiende que, en el caso concreto, concurren elementos suficientes como para justificar la prórroga de la prisión preventiva sin apartarse de los principios constitucionales que rigen la materia.

    Ello teniendo en cuenta la grave imputación que pesa sobre los imputados; así como la voluminosidad del expediente, la cantidad de medidas de prueba dispuestas por el Juez "a-quo", como las instancias revisoras generadas por la defensa, permiten justificar la medida dispuesta.

    Además entiende que debe valorarse que la presente causa, cuenta con quince personas imputadas con procesamiento firme por la Cámara de Apelaciones de Mendoza a lo que debe agregarse que la causa se encuentra en la Fiscalía de S.J. con la vista del 346 del Código Procesal Penal de la Nación, para su pronta elevación a juicio.

    Fecha de firma: 17/02/2016 Firmado por: R.N.-.H.C.E.-.R.A.F., Jueces S.s de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara 2 #27551715#146781052#20160205114748955 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 54018431/2012/60/CA24

  4. Que, analizados los argumentos expuestos tanto por el Sr. Fiscal General subrogante como por la defensa de los imputados, este Cuerpo entiende que no corresponde hacer lugar al recurso articulado y, en consecuencia, se debe confirmar la resolución del a-quo en cuanto...

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