Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL, 3 de Marzo de 2023, expediente FPA 007266/2022/7/CA001

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 7266/2022/7/CA1

Paraná, 03 de marzo de 2023.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. Mateo José

BUSANICHE, P.; la Dra. C.G.G.,

V.; y la Dra. B.E.A.,

Juez de Cámara, el Expte. N° FPA 7266/2022/7/CA1

caratulado: “LEGAJO DE APELACIÓN DE HERRERA, RODOLFO

DANIEL; HERRERA, D.R. y HERRERA, A.I.

EN AUTOS HERRERA, R.D.; HERRERA, DANIEL

RAMÓN y HERRERA, A.I. POR INCENDIO U OTRO

ESTRAGO (ART. 186 INC. 1)”, proveniente del Juzgado Federal de Victoria y;

DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B. dijo:

Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de los imputados R.D.H.; D.R.H. y A.I.H., contra la decisión del Magistrado a quo obrante a fs. 1/23vta., que dicta el procesamiento de los nombrados por el delito previsto y reprimido por el art. 186 inc. 1º del C.P, en orden al cual deberán responder en calidad de coautores. El recurso fue concedido a fs. 28.

A fs. 38 obra conste actuarial, que da cuenta que el apelante no presentó el memorial en la Fecha de firma: 03/03/2023

Alta en sistema: 06/03/2023

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA 1

Firmado por: OLANO ANDRES PUSKOVIC, SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

fecha oportunamente señalada, presentándose sólo el memorial del Sr. Fiscal General, Dr. R.C.M.Á., quedando las presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

Que, atento a la no presentación del memorial por parte del recurrente -conforme lo prevé

la Ac. 5/20 de esta Alzada-, corresponde tener por desistido el recurso de apelación interpuesto por la defensa de R.D.H.; D.R.H. y A.I.H., de conformidad con lo dispuesto por el art. 454 –segundo párrafo- del C.P.P.N. y firme, en consecuencia, la resolución recurrida.

Que, las Dras. C.G.G. y B.E.A. dijeron: Que adhieren a la solución propuesta en el voto precedente.

Que, en mérito al resultado del Acuerdo que antecede, SE

RESUELVE:

Tener por desistido el recurso de apelación interpuesto por la defensa de R.D.H.;

D.R.H. y A.I.H. y, en consecuencia, firme la resolución obrante a fs.

1/23vta., en cuanto dicta el procesamiento de los nombrados por el delito previsto y reprimido en el art. 186 inc. 1º del C.P, en orden al cual deberán responder en calidad de coautores.

Fecha de firma: 03/03/2023

Alta en sistema: 06/03/2023

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE...

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