Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 3 de Mayo de 2020, expediente CFP 002084/2017/7/CA003

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

CFP 2084/2017/7/CA3

CCCF – Sala I

CFP 2084/2017/7/CA3

G.E. s/ procesamiento y embargo

Juzgado N° 7 - Secretaría N° 14

Buenos Aires, 4 de mayo de 2020.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. M.A.H., defensor de E.G., contra la decisión de fojas 30/1, por medio de la cual se dictó el procesamiento en orden a los delitos tipificado en los art. 125 bis y 127 del CP -según ley 28.642-, ambos en concurso ideal (art. 54 del CP) en calidad de autor para el caso de la facilitación de la prostitución ajena y de partícipe necesario para el caso de la explotación económica de la prostitución ajena (arts. 45 del Código Penal y 306 y 310 del Código Procesal Penal) en dos oportunidades por tratarse de la existencia de dos prostíbulos (cfr. art. 55 del C.P.N).

  2. Cabe recordar que el hecho que se le imputa al nombrado es el siguiente: “haber promovido, facilitado y explotado económicamente, mediante abuso de su autoridad, el ejercicio de la prostitución de personas mayores de edad en los inmuebles ubicados en G…., piso 1°, dpto. A y Gu…., de esta ciudad, desde el mes de febrero hasta el 28 de junio de 2017 en el primer domicilio y hasta el 22 de agosto de ese año en el segundo. En cada domicilio trabajarían cuatro mujeres -mayores de edad- de lunes a sábado entre las 11 y las 20 horas, ofreciendo masajes y también “relax manual” –

    masturbación- bajo un costo de setecientos pesos aproximadamente en el primer caso y del doble en el segundo. Ambos prostíbulos eran publicitados como “centro de estética” y también bajo la descripción de “masajistas sensuales”, mediante las páginas web “infomasajes”,

    areamasajes

    , “argentinamasajes” y similares. Las tareas vinculadas al manejo cotidiano de los prostíbulos las delegaba en E.R.G., quien se encargaba de suscribir los contratos de alquiler, decidía sobre los días Fecha de firma: 03/05/2020

    Alta en sistema: 05/05/2020

    Firmado por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: B.L.O., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: B.L.O., JUEZ DE CAMARA #34578809#258640177#20200503175351506

    y horarios de trabajo, determinaba las mujeres que irían al domicilio de los clientes y las que permanecerían en el prostíbulo, diagramaba y reservaba los turnos –los que no permitía cancelar a las mujeres que allí trabajaban-, fijaba las tarifas, se encargaba de la publicidad del lugar y retenía el 60% del valor de lo abonado por cada cliente/prostituyente a las mujeres. Por su parte, el compareciente, se situaba jerárquicamente por encima de G. y sería el principal beneficiario de ambos prostíbulos. Éste mantenía contacto telefónico cotidiano con G. a efectos de constatar sobre los pormenores de ambos lugares y darle directivas sobre el manejo de los mismos, le...

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