Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 13 de Mayo de 2019, expediente FRE 017447/2018/5/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

Y VISTO El expediente registro de Cámara N° FRE 17447/2018/5/CA1 caratulado:

LEGAJO DE APELACIÓN DE ALTAMIRANDA, J.D. POR INFRACCIÓN LEY

23.737 (ART. 5 INC. C)

, que en grado de apelación proviene del Juzgado Federal Nº 1 de

Formosa, del que; RESULTA 1. Que ingresan estos obrados a conocimiento del Tribunal en virtud del

recurso de apelación deducido a fs. 23 y vta. por la Sra. Defensora de Jorge David

A., Dra. S.M.S., contra el resolutorio obrante a fs. 1/18 vta.

mediante el cual el Juez de anterior grado dispuso el procesamiento con prisión preventiva

del nombrado y sus consortes de causa (G.R.E. y Leandro Nahuel

E.), en orden al delito de Transporte de Estupefacientes agravado por el número de

OFICIAL intervinientes (arts. 5 inc. “C” y 11 inc. “C” de la Ley 23.737).

  1. Para así decidir, el Instructor tuvo en consideración –en prieta síntesis

    que las presentes actuaciones tuvieron inicio con la presentación de la nota QT 80047/01

    USO (fs. 74 bis y vta. del legajo que glosa por cuerda a estas actuaciones) por parte del Centro de

    Reunión de Información Formosa dependiente de Gendarmería Nacional (CRI Formosa), a

    la Fiscalía Federal Nº 1 de la ciudad de Formosa, mediante la cual se alertaba sobre la

    existencia de una organización narcocriminal, individualizándose personas y lugares donde

    se realizaban actividades en infracción a la Ley 23.737, razón por la cual se solicitó y

    luego dispusieron diligencias investigativas (escuchas telefónicas) a fin de corroborar

    dicha hipótesis.

    En el marco del presente sumario el Magistrado a quo pudo establecer

    que la citada organización se dedicaba a la adquisición de estupefacientes provenientes de

    la República del Paraguay, los que una vez ingresados a nuestro país eran acopiados en

    diversos lugares de la provincia de Formosa (Misión Tacaagle, P.N., El Espinillo y

    General Belgrano) para su posterior acondicionamiento en vehículos medianos en un

    doble fondo

    (autos, camionetas, etc.) y transporte a diferentes provincias de nuestro

    territorio (Buenos Aires, Santa Fe, S.d.E. y M., entre otras).

    Asimismo, se determinó que uno de los financistas de dicha actividad era

    un masculino de nombre O. alias “El Gordo”, quien coordinaba la venta de los

    narcóticos con los potenciales compradores de distintos centros urbanos de nuestro país,

    estableciendo en particular cantidad y precio de la mercadería ilícita así como lugares de

    entrega, para luego contactarse telefónicamente con los posibles transportistas, quienes por

    Fecha de firma: 14/05/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA #33232168#234192206#20190514075654069 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 averiguaciones serían J. alias “El Chiflado”, G. alias “El Loco” y Gabriel

    Sánchez.

    En atención a los datos emergentes de las diligencias llevadas a cabo por

    la prevención, el Ministerio Público Fiscal solicitó autorización al Magistrado de anterior

    grado para que disponga la extensión de jurisdicción con relación a la labor que venía

    cumpliendo el CRIFormosa, a fin de que realice tareas investigativas y/u operativas

    necesarias en conjunto y coordinación con otros Centros de Reunión de Información y

    Unidades de Gendarmería Nacional, que se encuentren asentadas en las Jurisdicciones de

    las Provincias de Corrientes (Capital), Chaco, S.d.E. y Rosario (Santa Fe), a

    fin de establecer los pormenores de la organización objeto del sumario, dada su

    envergadura.

    Así, se logró identificar al hoy procesado G. Ramiro E.

    (G. alias “El Loco”), como uno de los sujetos que realizaría viajes periódicos con el

    OFICIAL objeto de transportar mercaderías en infracción a la ley 23.737, ubicándoselo el día 13 de

    octubre de 2018 en la provincia de S.d.E. en la localidad de Beltrán para una

    entrega de estupefacientes, tarea que compartió con otras dos personas, una de las cuales

    era nombrado como “R., hospedándose todos en el hotel “P.B., sito en

    USO avenida San Martín y Ruta Nacional Nº 34.

    Merced a diligencias realizadas por la prevención se logró obtener una

    imagen de la página del libro de registro de pasajeros del citado hospedaje, verificándose

    que la habitación Nº 19 fue ocupada por un ciudadano que se presentó como “Gonsalo

    Galaso DNI Nº 28.445.765 quien habría manifestado ser de la provincia de Corrientes”.

    Asimismo, la habitación Nº 23 fue ocupada por “J.A.D.1., quien

    manifestó ser de la provincia de Santa Fe y se registró sin acompañante”.

    También se obtuvo copia de las filmaciones de las cámaras de seguridad

    instaladas en el hall del hotel, recepción y pasillos de las habitaciones, surgiendo de las

    imágenes del circuito cerrado que a las 06:41 am del día 13/10/2018 se registró el ingreso

    (check in) del nombrado G.R.E. junto a su hermano Leandro Nahuel

    E. (habitación Nº 19), identificación que se corroboró merced a la explotación de

    fuentes abiertas y oficiales, acompañados posteriormente por J.D.A.

    quien efectuó su ingreso (check in) a las 06:47 am (habitación Nº 23), observándose la

    existencia de vínculos entre los nombrados.

    En el devenir de la investigación, la Unidad de Inteligencia “BUENOS

    AIRES SUR” hizo saber al Instructor que la mencionada estructura narcocriminal llevaría a

    cabo en fecha próxima al 13 de noviembre de 2018 un importante movimiento de

    Fecha de firma: 14/05/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA #33232168#234192206#20190514075654069 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 mercadería en infracción a la ley 23.737 entre las provincias de Corrientes, Chaco y

    S.d.E..

    Según constancias de la causa, en fecha 15 de noviembre del 2018 se

    produjo una comunicación entre A. y G.E., pudiendo determinarse el

    rol que cumplirían cada uno en torno al traslado de sustancia nociva, donde el segundo de

    los nombrados (acompañado de L.N.E.) transitarían las diferentes rutas

    con el objetivo de detectar controles de fuerzas de seguridad o policiales y de esta forma

    alertar a A., para evitar los mencionados controles y ser sometido a registro.

    Ello se llevaría a cabo por parte de los hermanos E. a bordo de un

    vehículo marca Fiat, modelo MOBI, Dominio AD251ST, cubriendo el puesto de

    punteros

    , aportando datos mediante comunicaciones telefónicas para el desplazamiento

    de otro vehículo que iría detrás a unos 20 Kilómetros con los...

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