Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 3, 6 de Mayo de 2016, expediente FSM 000972/2013/TO01/5/CFC001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2016
EmisorSala 3

Sala III Cámara Federal de Casación Penal Causa Nº FSM 972/2013/TO1/5/CFC1 “Lanconi, Fabio Marcelo

V. y otros s/recurso de casación”

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional

Registro nro.: 551/16 Buenos Aires, 6 de mayo de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de San Martín, provincia de Buenos Aires, condenó en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación a F.M.V.L., F.M.M. y J.R.B. como coautores del delito de hurto en grado de tentativa, en lo que aquí interesa, a la pena de un mes de prisión en suspenso y costas -arts. 42, 45 y 162 del CP- (ver fs. 335/338vta.).

Contra esa decisión, la defensa particular de los nombrados interpuso recurso de casación, que fue concedido a fs.

356 y vta. y mantenido a fs. 364.

Y CONSIDERANDO:

Que los planteos del recurrente, más allá de resultar extemporáneos, exhiben una contradicción entre los propios actos de la parte que se dice agraviada, al haber intervenido en las pautas del acuerdo que ahora pretende ignorar, defecto sustancial que obsta a la viabilidad de la vía intentada.

Asimismo, se observa que el fallo cuestionado cumple con el estándar mínimo de fundamentación conforme lo establecido en el precedente “Aráoz” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que el tribunal hizo referencia a las concretas circunstancias merituadas para fijar la pena impuesta.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación deducido por la defensa particular, con costas (artículos 444, 530 y ccs.

del Código Procesal Penal de la...

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