Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 22 de Agosto de 2019, expediente FRE 007413/2018/4/CA002
Fecha de Resolución | 22 de Agosto de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 Resistencia, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Y VISTO:
El presente expediente registro N° FRE 7413/2018/4/CA2, caratulado:
Legajo de Apelación en autos: M., G.A. por Infracción Ley
23.737 (art. 5 inc. C)
, proveniente del Juzgado Federal Nº 2 de Formosa, del que; RESULTA:
1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del
recurso de apelación interpuesto a fs. 1 por las Dras. A.E.V. y Sandra Karina
Samaniego, en ejercicio de la defensa de G.A.M., contra el Auto
Interlocutorio N° 439/2019, de fecha 10 de abril de 2019, mediante el cual el J. Federal
Subrogante dictó auto de procesamiento sin prisión preventiva respecto del nombrado, en
orden al delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5 inc. C) de
la Ley 23737, trabando embargo sobre sus bienes.
OFICIAL 2. Para así decidir, el Juzgador señaló que las presentes actuaciones
tuvieron su génesis el día 16 de mayo de 2018, cuando personal del Escuadrón N° 15 “Bajo
Paraguay
de Gendarmería Nacional, (en adelante GN) realizaba un operativo en la
USO Terminal de Ómnibus de la ciudad de Formosa –más precisamente en el depósito de la
empresa MICRONORTE con ayuda del can detector de narcóticos apodado “Cobra”, el
que reaccionó de manera exaltada frente a dos (2) cajas.
En razón de ello, personal de GN procedió a la interdicción de las
mismas, amparadas bajo la Guía N° B 000700049669, en la que figuraba como remitente
el ciudadano L.C. de la ciudad de Formosa y como destinatario, Orlando Yuchina
de la ciudad de Buenos Aires. En presencia de testigos hábiles convocados al efecto se
abrieron las encomiendas corroborándose que, entre mercadería comestible, se hallaban
ocultos cuatro (4) paquetes (dos en cada caja) envueltos en cinta de embalar transparente,
siendo éstos sometidos a prueba de campo “narcotest”, la cual arrojó resultado positivo para
cannabis sativa (marihuana) por un peso total de cuatro mil ochocientos diecinueve gramos
(4.819 grs.).
Ante tal circunstancia –a requerimiento del Sr. F. Federal N° 2 de
Formosa el J. a quo autorizó la prórroga de jurisdicción a la ciudad Autónoma de
Buenos Aires (Terminal de Ómnibus de Retiro) a los efectos de proceder a la identificación
de la persona que concurriera al retiro de la encomienda, su posterior requisa y detención.
Arribada la encomienda a dicha terminal e ingresados a la oficina de la
empresa MICRONORTE –puesto 7, siendo las 16:00 hs. se hizo presente en el mostrador
de la empresa un ciudadano de sexo masculino quien presentó el Documento Nacional de
Fecha de firma: 22/08/2019 Alta en sistema: 23/08/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA #33513924#241332881#20190822123050311 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 Identidad del destinatario de la encomienda, abonó el importe por el envío, recibió los
paquetes y al momento de dirigirse a la salida del predio del Puente 2, fue interceptado por
el personal de Gendarmería Nacional apostado en el lugar, siendo identificado como Axel
Nahuel G.C., DNI N° 40.486.504. En tal contexto, se procedió a la detención del
nombrado y su traslado, junto con la encomienda, hasta el asiento de la Unidad de
Investigaciones y Procedimientos Judiciales –Buenos Aires de GN en la ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
En el devenir de la investigación, G.C. declaró al ejercer su
defensa material que G.M. fue quien le facilitó el documento de identidad del
destinatario de la encomienda (Orlando Yuchina) y el dinero para abonar la misma,
teniendo el juzgador asimismo por probado el vínculo entre ambos a partir de los audios de
una conversación mantenida entre G.C. y una persona de sexo femenino
(presuntamente su novia), oportunidad en la que hizo referencia a una relación de negocios
OFICIAL entre ambos.
A ello el J. a quo sumó las conclusiones del informe pericial obtenido
a partir del relevamiento y...
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