Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 22 de Junio de 2023, expediente CFP 018579/2006/TO01/319/CFC007

Fecha de Resolución22 de Junio de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL – SALA 4

CFP 18579/2006/TO1/319/CFC7

Registro nro. 794/2023

Buenos Aires, 22 de junio de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por el doctor J.C., como P., y por el doctor M.H.B. y la doctora A.E.L. -como vocales-, asistidos por el secretario actuante, a los efectos de resolver los recursos de casación interpuestos en la presente causa CFP

18579/2006/TO1/319/CFC7, caratulada “PECOM SERVICIOS

ENERGÍA S.A. -ex SKANSKA- y otros s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor M.H.B. dijo:

Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro.

4 de la ciudad de Buenos Aires, con fecha 6 de marzo de 2023, resolvió, en lo que aquí interesa: “

I. ACTUALIZAR

los montos de embargo dispuestos oportunamente por el juzgado instructor respecto de los imputados utilizando para ello la tasa activa de la cartera general (préstamos)

nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, disponiéndose según cada caso, conforme se expone en los siguientes puntos dispositivos.

II. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de JULIO MIGUEL DE VIDO hasta cubrir la suma a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

Fecha de firma: 22/06/2023

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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III. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

IV. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de NÉSTOR A.U. hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

V. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de MARIO PIANTONI hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

VI. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de G.V. hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

(…)

VIII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/

o dinero de EDUARDO VARNI hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Fecha de firma: 22/06/2023

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 2

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

(…)

X. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de HÉCTOR OSVALDO OBREGÓN hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XI. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de J.C.B. hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de A.J.G. hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XIII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/

o dinero de R.A.Z. hasta cubrir la suma a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos ($150.752.273,00),

conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

(…)

XVIII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de R.F.C. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

Fecha de firma: 22/06/2023

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 3

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XIX. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de W.D.C. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50) y conforme lo dispuesto por los artículos 23 del Código Penal, 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XX. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de DANIMIRIO ALEJANDRO KOVACIK hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXI. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de D.R.N. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.(…)

XXIV. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/

o dinero de ADRIÁN FÉLIX LÓPEZ hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

Fecha de firma: 22/06/2023

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 4

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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XXV. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de JUAN CRUZ FERRARI hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXVI. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/

o dinero de J.N.R. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXVII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de A.R.T. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXVIII. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de B.L.A.P. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXIX. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/

o dinero de A.M.P. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil Fecha de firma: 22/06/2023

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 5

Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.

XXX. MANDAR a trabar embargo sobre los bienes y/o dinero de A.N.G. hasta cubrir la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos diez mil trescientos sesenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

44.610.366,50), conforme lo dispuesto por los artículos 23

del Código Penal y 518 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.(…)

XXXIII. DICTAR el EMBARGO PREVENTIVO sobre los bienes y/o dinero de la persona jurídica PECOM SERVICIOS

ENERGÍA -ex SKANSKA- (CUIT 30-65442469-8) hasta cubrir la suma de a ciento cincuenta millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y tres pesos...

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