Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 2 de Diciembre de 2019, expediente FMZ 027467/2017/TO01/3

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación M., de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 27467/2017/3, caratulados: “CAMARGO

PÁEZ, J.J.p.. Penal”; Y C ONSIDERANDO:

I). Que se recibieron en esta Ejecución Penal las actuaciones

administrativas correspondientes al régimen de Salidas Transitorias articuladas por

J.J.C.P. (fs. sub. 59/77).

II). Que de las constancias de la causa se deriva que el interno se

encuentra cumpliendo la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de pesos ciento

doce mil quinientos ($112.500) impuesta por sentencia Nº 1.812 de fecha dos (2) de

julio de 2018, dictada por este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de

M., en la causa Nº FMZ 27467/2017/TO1, caratulados: “C.P.,

J.J. y otro s/ Infr. Ley 23.737” y que, habiendo sido detenido el treinta (30) de

junio de 2017, lleva cumplido al momento de la presente resolución un plazo que

supera la mitad de la condena que le fuera impuesta.

III). Los profesionales y autoridades intervinientes en el trámite

administrativo han brindado una opinión favorable respecto a la concesión del

régimen. Así se desprende de los instrumentos provenientes de la unidad de

alojamiento, a saber: Acta del Consejo Correccional Nº 2053/2019 del Complejo

Penitenciario I “Boulogne Sur Mer” (fs. sub. 65) y de la propuesta efectuada por el

Sr. Director del Complejo Penitenciario (fs. sub. 68) y de los informes del

Organismo Técnico Criminológico (fs. sub. 71/72 y sub 73/74).

IV). Que la Sra. Fiscal General S., al evacuar la vista

conferida, consideró que en el caso de examen se encontraban reunidos los

requisitos para incorporar a J.J.C.P. al instituto en estudio (fs. sub.

82).

V). Que comparto el criterio sostenido por la representante del

Ministerio Público Fiscal, toda vez que los informes provenientes de la unidad

penitenciaria refieren que el nombrado posee conducta ejemplar (9); concepto muy

bueno (7) y destacan que la incorporación al régimen resultaría favorable para el

futuro personal, familiar y social del nombrado.

Fecha de firma: 02/12/2019 Alta en sistema: 03/12/2019 Firmado por: M.P.M., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: J.M.R. , Secretario Federal #32364651#251122796#20191202111951221 Poder Judicial de la Nación En ese sentido, resulta clara la conclusión del Consejo

Correccional, en donde se deja constancia que “…cuenta con diversas actividades

dentro del ámbito de tratamiento, ha realizado un correcto tránsito por el régimen

progresivo de la pena y positivo acatamiento a la...

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