Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 18 de Octubre de 2019, expediente FSM 060944/2019/3/CA002

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 8583 - FSM 60944/2019/3/CA2 “Legajo Nº 3 - IMPUTADO: BAEZ, N.Y.B.B., , P.R. s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. int. n° 9290 S.M., 18 de octubre de 2019.-

Pasen los autos al acuerdo para resolver.

Ante mí:

S.M., 18 de octubre de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de M., dispuso el procesamiento de N.B. y/o P.R.B.B., por considerarlo prima facie responsable del delito de falsificación de documento público, en tres hechos, dos de ellos agravados, en carácter de partícipe necesario, que concurren idealmente y mandó a trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos -$50.000- (Arts. 45, 54, 292, 1° y 2° párr., C.. Penal, 306 y 518, C.. P.. Penal de la Nación; Fs. 13/19, puntos dispositivos I y III).

    Contra dicho pronunciamiento, la defensa oficial del encartado dedujo recurso de apelación que, en la Fecha de firma: 18/10/2019 Alta en sistema: 29/10/2019 Firmado por: A.A.L., Firmado por: M.M. Firmado por: J.P.S. Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #33880181#244251548#20191018121751737 instancia, fue mantenido, sin adhesión del Sr. Fiscal General (Fs. 20/21vta., 34/36vta., 33/vta. y 39).

  2. De conformidad con los agravios introducidos por la recurrente, en cuanto postula la atipicidad de la conducta reprochada, con base en el carácter burdo de los instrumentos falsificados (Fs. 20/21vta., 34/36vta. y 39/vta.), el Tribunal estima que la prueba reunida en el curso instructorio, sana crítica mediante, autoriza a confirmar el auto de mérito puesto en crisis (Arts. 306 y 398, CPPN).

    En efecto, se encuentra fuera de discusión la materialidad del hecho imputado en autos, consistente en la intervención del encausado en la falsificación del documento nacional de identidad N° 95.670.150, de la cédula de autorización de manejo del rodado dominio “MKL-865” y la licencia de conducir –ambas asignadas a la matrícula antes aludida- y todos ellos a nombre de N.B.. Dichos elementos apócrifos fueron exhibidos al personal policial de la Comisaría La Matanza Noroeste 1° de San Justo en las circunstancias de tiempo, modo y lugar apuntadas en el acta inicial de Fs. 1/3, del legajo principal.

    Concretamente, el imputado habría efectuado un aporte imprescindible en la falsificación de esos ejemplares, al proporcionar la imagen de su rostro, que se aprecia inserta en los cartulares (v. Fs.

    19/vta...

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