Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 28 de Mayo de 2015, expediente FCB 037593/2014/3/CA002

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A doba, 28 de mayo de 2015.-

Y VISTOS:

Estos autos: “LEGAJO DE APELACION en autos: J., D.M. y otros por Secuestro extorsivo (Art.170 Inc.6°)”

(Expte.:FCB 37593/2014/3/CA2), venidos en copia a conocimiento de la Sala A del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las defensas técnicas de los imputados H.V.J. y D.M.J. y el Fiscal Federal en contra de la resolución dictada el 28 de noviembre de 2014 por el señor Juez Federal N°2 de Córdoba y en la que decide: “RESUELVO: I.

SOBRESEER a H.V.J. y D.M.J., ya filiados en autos, por el hecho que oportunamente se les imputara calificado como “robo agravo por el uso de arma de fuego” (art.166 inc.2 tercer párrafo y 45 del CP), en los términos del art.336 inc.2 del CPPN, haciendo expresa mención que la presente causa no afecta el buen nombre y honor que hubieran gozado.

  1. DICTAR EL PROCESAMIENTO Y PRISION PREVENTIVA en contra de H.V.J. y D.M.J., ya filiados en autos, por considerarlos presuntos coautores responsable del delito de “secuestro extorsivo agravado por el número de intervinientes y por el uso de arma de fuego”, en concurso ideal, y cfme art.45, 54, 170 inc.6° en función del art. 41 bis del CP), en los términos de los arts.306 y 312 inc.1ro del C.P.P.N..

  2. Trabar embargo por la suma de pesos veinte mil ($20.000), sobre bienes propios de los imputados H.V. y D.M.J. ó en su defecto inhibirlos de su libre disposición por igual monto. IV.

    PROTOCOLÍCESE Y HAGASE SABER.”.

    Y CONSIDERANDO:

    1. - La resolución, cuya parte dispositiva fue transcripta, tiene origen en la imputación recaída, entre otros, sobre H.V.J. y D.M.J., con motivo de la investigación llevada a cabo a partir de la denuncia efectuada el día 23 de noviembre de 2013, ante el Departamento Antisecuestros de la Policía de la Provincia de Córdoba, por D.S.G..

    G. denunció que en dicha fecha, siendo aproximadamente las 00.30 hs, al retornar del negocio de su propiedad denominado “D LOMO”, en su automóvil Ford Eco Sport, dominio ISH 228, junto con su sobrina E.L., al arribar Fecha de firma: 28/05/2015 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara al domicilio sito en calle A.B.N.°5228, fueron abordados por dos sujetos con armas, quienes lo hicieron subir a su automotor, quedándose su sobrina en la vía pública.

    Prosiguió señalando que retirados del lugar, estando el denunciante a cargo del manejo del vehículo, luego de conducir alrededor de cuatro cuadras, los sujetos le pidieron que desde su celular (-0351-6205616 de la empresa PERSONAL-), le informe a la mujer (E.L.) que estaba todo bien y que no llame a la policía.

    Hecho ello, continuó relatando, le manifestaron que se comunique con alguna persona para pedir plata, quitándole su aparato celular, el que apagaron.

    Continuó señalando que diez cuadras más adelante, en la calle M.C. al 600, siendo aproximadamente las 00.35 hs., sus captores lo hicieron descender del vehículo y ubicarse en la parte de atrás, comunicándose con su hermano G.R.G., a quien puso en conocimiento de la situación, diciéndole además que junte dinero para pagar el rescate a cambio de su liberación.

    Prosiguió manifestando que el automóvil continuó el recorrido y a unas 20 cuadras se detuvieron nuevamente, pidiéndole uno de los sujetos el dinero que el denunciante portaba, entregándole lo recaudado en su pizzería, entre 7.000 y 8.000 pesos. Luego de ello, siguió indicando, a unos 30 metros había una habitación de construcción precaria y un descampado, escuchando en el lugar, la circulación próxima de vehículos como si fuera una ruta cercana.

    En la vivienda, siguió declarando, fueron recibidos por un sujeto que por su timbre de voz, tendría unos 50 años de edad. Transcurridos aproximadamente quince minutos, continuó, los sujetos encendieron nuevamente su celular y en dicho momento recibe el llamado de un amigo de nombre D.R. a quien le dijo, a instancia de los sujetos, que “estaba todo bien”. Luego se comunicó con su hermano G., entablando uno de ellos conversación, hablando sobre el monto de dinero exigido. A posterior y percatándose sus secuestradores que su hermano no lograba recaudar el dinero, cargaron sus armas y lo golpearon en la cabeza, exigiéndole que llamara nuevamente y dijera a sus familiares que juntaran 80.000 pesos, a lo que el denunciante les respondió que no contaba con ese dinero y que como máximo Fecha de firma: 28/05/2015 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A podía serles entregado 20.000 pesos; suma que, agregó, fue aceptada por lo que se comunicó nuevamente con su hermano diciéndole que juntara rápidamente ese dinero.

    Luego, continuó, los sujetos comenzaron a tratar en forma directa y en reiteradas oportunidades desde su celular con G., comunicándose nuevamente el denunciante, oportunidad en la que su hermano le manifestó que ya tenía el dinero pactado, coordinando los sujetos el lugar de la entrega del dinero.

    Prosiguió relatando que al finalizar la conversación, dos de los sujetos salieron de la vivienda y el tercero lo trasladó a su vehículo, ubicándolo en el baúl, manifestándole que cuando le confirmaran que ya tenían el dinero lo iba a dejar en una calle de tierra, por la que saldría derecho a la Avenida Circunvalación. Siguió manifestando que estuvieron aguardando unos quince minutos, pudiendo escuchar la llegada al lugar de otro vehículo, sin poder observar de que rodado se trataba por estar mirando hacia abajo. Luego, continuó, el sujeto encendió

    el vehículo y lo trasladó a otro lugar en pocos segundos, donde detuvo la marcha, abrió la puerta del baúl y salió corriendo, tratándose de un camino de tierra.

    En ese momento, continuó, se subió a su vehículo, siendo la 01.40 de la madrugada, percatándose que le habían sustraído dos tarjetas de crédito Visa del Banco City y Cordobesa MasterCard del Banco de Córdoba, su D.N.

  3. y el stéreo del vehículo, marca P., como así también su celular marca Samsung Mini 53.

    Luego, agregó, condujo aproximadamente veinte cuadras hasta que logró salir a la Avenida Circunvalación, cargó

    combustible con un resto de dinero que suele guardar en el bolsillo de un asiento del vehículo, continuando la marcha hasta su domicilio. Alrededor de las 15 hs. del mismo día, prosiguió

    relatando, se dirigió a la peluquería de su hermano G., encontrando a éste con un amigo, diciéndole su hermano que el amigo le acababa de comentar que en momentos en que dejaba el dinero solicitado por los captores, aproximadamente a la 1.40 hs, por ese mismo lugar habría estado caminando “N.J.”.

    Agregó a ello que el amigo del hermano le preguntó al deponente “como eran los que te llevaron”, describiéndoselos, ante lo cual, éste le dijo “estos son de la zona del Tinglado, se juntan Fecha de firma: 28/05/2015 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara todos los días en la puerta”, mencionado sus nombres, los que, dijo no recordar.

    Previo a finalizar, el denunciante agregó que el día anterior al hecho, al abrir la puerta de su casa para recibir a su novia C.N.S., arribó un vehículo Renault Megane II, del que descendió un sujeto conocido como “R.”, quien le preguntó si quería comprar una Play Station, manifestándole además “Che, escuché que los J. te quieren levantar”, a lo que el denunciante, según dijo, le contestó “Bueno, que me vengan a buscar”.

    1. - Informados de la denuncia el Secretario de la Fiscalía Federal N°2 y el Juez Federal N°2 de Córdoba, el actuario, según se señala, dispuso la realización de acciones operativas por parte del personal policial tendientes a ubicar e individualizar a los autores del hecho denunciado.

    2. - Producto de la actividad investigativa desarrollada por la División Antisecuestros del organismo policial, se agregaron a autos fichas policiales de A.E.J. y D.M.J. (fs.830/831), informes psicológicos del denunciante D.G. y de su novia, Camila Noemí

      Salgado (fs.834/8 y 847/vta.) y testimoniales de los nombrados E.A.L., G.R.G. y del denunciante D.G. (fs.839/840, 842/843 vta. y 846/vta.).

      Según dichos testimonios, la señorita L. declaró

      en coincidencia con los dichos de D.G. respecto a la sucesión de los hechos al momento de ser abordados por los captores y la llamada telefónica de la supuesta víctima a la testigo (fs.839/840).

      Por su parte, R.G.G. relató sobre la recepción de las distintas llamadas procedentes del celular de su hermano D., como así también las circunstancias de tiempo, modo y lugar, relativas al dinero exigido por los captores y entrega del mismo, manifestando además no haber reconocido la voz de éstos y que uno de ellos mostraba nerviosismo y el otro muy tranquilo y bien hablado (fs.842/843 vta.).

      Al prestar declaración D.G. señaló que una persona que no quiso identificar le manifestó que los sujetos que participaron en el hecho son de apellido J., uno de nombre D., otro “C.” y otro “K.”.

      Fecha de firma: 28/05/2015 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Respecto a D. y “C.”, dijo poder reconocerlos por fotos o imágenes ya que pudo verlos pero a “K.”, quien lo habría recibido en la vivienda, no le vio el rostro pero sí

      reconoce su timbre de voz.

      Agregó que alrededor de un mes y medio atrás un sujeto apodado “Cepillo”, cercano a los J., se hizo presente en su local comercial y que por dichos de un allegado, la intención de aquél habría sido la de observar sus movimientos. Finalizó su declaración señalando...

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