Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 24 de Agosto de 2022, expediente CFP 002624/2009/TO01/1/1/2/CFC005

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº

CFP 2624/2009/TO1/1/1/2/CFC5

M.A., M. s/recurso Cámara Federal de Casación Penal de casación

Registro nro.: 1120/22

Buenos Aires, 24 de agosto de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa CFP 2624/2009/TO1/1/1/2/CFC5

del registro de esta Sala III, caratulada: “M.A.,

M. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor J.C.G. dijo:

  1. Que el juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº1, con fecha 30 de junio de 2022, resolvió:

    I - RECHAZAR la incorporación al régimen de libertad condicional peticionada por la defensa de M. MAURIEL

    AGUILAR

    .

  2. Que contra dicha decisión, el defensor particular de la condenada, Dr. P.V. interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido por el a quo.

    El letrado encarriló sus agravios en ambas hipótesis del artículo 456 del CPPN. Sostuvo que el decisorio vulnera principios y garantías de raigambre constitucional tales como el principio de igualdad, progresividad en la ejecución de la pena, resocialización, proporcionalidad, humanidad de las penas y que realiza una interpretación “contra homine” de la ley de Ejecución Penal.

    En ese sentido, luego de discurrir sobre la admisibilidad del recurso citó jurisprudencia y doctrina que funda su pretensión.

    Fecha de firma: 24/08/2022 1

    Alta en sistema: 25/08/2022

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado por: D.D.R., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Además, la defensa se agravió de que el a quo no haya tenido en cuenta los informes emanados de las distintas áreas del Servicio Penitenciario IV, las que se expidieron favorablemente a la concesión de la libertad condicional,

    siendo el Área Social la única que se expidió en forma negativa sosteniendo como argumentación principal la inadecuación del referente invocado.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;

    314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

    Que en el sub judice, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general,

    toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a...

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