Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 21 de Octubre de 2022, expediente FRO 007594/2014/2/CA001

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 7594/2014/2/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”

integrada el expediente Nª FRO 7594/2014/2/CA1 caratulado “Z., Wu s/ falsificación de documento-propiedad automotor” (proveniente del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe).

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud de la apelación interpuesta por Z.W., con el patrocinio letrado del Dr. J.M.M.M. (fs. 9/14), contra la resolución del 4 de junio de 2019 (fs. 1/7) que dispuso su procesamiento por la presunta comisión del delito de encubrimiento, por haber conocido la proveniencia ilícita de la cédula de identificación (art. 277

    inc. 1 c del C.P), en concurso ideal con el delito de uso de documento público falsificado o adulterado de los destinados a acreditar la titularidad de dominio (art. 296 en función del art. 292 del C.P).

  2. - El recurrente planteó que la acción penal sobre el presunto delito de encubrimiento se encuentra prescripta, y que interpuso esa excepción por separado.

    En lo que refiere al procesamiento por el delito de uso de documento adulterado, dijo que no actuó con dolo, porque cuando la documentación del vehículo le fue secuestrada por personal de Gendarmería Nacional a la altura de la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa, luego le fue devuelta por el juzgado federal, de modo que entendió que la fuerza de seguridad se habría equivocado al considerar que la cédula era falsa, y que por tal motivo circulaba tranquilo y la exhibió como que no tenía ninguna irregularidad cuando le fue requerida.

    Fecha de firma: 21/10/2022

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA 1

    Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 7594/2014/2/CA1

  3. - Elevados los autos, se dispuso la intervención de esta Sala “A”. Designada la audiencia para informar en los términos del artículo 454 del CPPN, se hizo saber a las partes su integración. El apelante presentó

    memorial y quedaron las actuaciones en estado de resolver.

    3.1.- Por Acuerdo de fecha 9 de junio de 2021 (que no suscribí) se dejó sin efecto el pase a estudio y se solicitó al Registro Nacional de Reincidencia el informe de antecedentes penales del imputado, con el objeto de evaluar la probable extinción de la acción penal respecto al delito de encubrimiento.

    Cumplimentada la medida, reingresó el expediente al Acuerdo.

    Y Considerando que:

  4. - Respecto al planteó de prescripción que aludió el encartado, se advierte que fue hecho en primera instancia formándose el incidente Nº FRO 7594/2014/1

    Zhiqiang, Wu s/ incidente de prescripción de la acción penal

    , y que por resolución de fecha 23 de septiembre de 2019 el juez lo rechazó, fallo que no fue apelado y al que corresponde estar.

  5. - En lo que refiere al procesamiento por el presunto delito de uso de documento público falso o adulterado, cabe decir que las actuaciones se iniciaron en fecha 06 de mayo de 2014, en oportunidad que personal del Escuadrón Seguridad Vial “San Justo” de la Gendarmería Nacional, realizó un control vehicular sobre la Ruta Nacional N° 11, más precisamente sobre el acceso sur de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe. Al proceder al control documentológico y físico del automóvil tipo furgón, marca Peugeot, modelo Partner...

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