Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 29 de Marzo de 2022, expediente CFP 009702/2020/2/CA001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 9702/2020/2/CA1

CCCF – Sala II.

CFP 9702/2020/2/CA1

C. R., W. W. s/ procesamiento

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Juzgado Federal n° 10 -

Secretaría n° 19.

Buenos Aires, 29 de marzo de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I. Las presentes actuaciones se encuentran a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el señor Defensor Público Oficial Dr. G.E.K., en representación de W. W. C. R., contra la resolución mediante la cual se decretó el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado en orden al delito previsto y reprimido por el artículo 12 de la ley 25.891.

II. La defensa, por los argumentos esgrimidos en su presentación, sostuvo que no se encuentra acreditado debidamente el conocimiento del encartado acerca del origen ilícito del equipo móvil habido en su poder, considerando atípica su conducta por ausencia del dolo exigido para la configuración del delito atribuido.

Con base en ello peticionó que se revoque el auto de procesamiento dictado y se disponga el sobreseimiento de su asistido en los términos del art. 336 inc. 3° del Código Procesal Penal de la Nación.

III. Cabe recordar que la presente causa se inició el 8 de diciembre de 2020 a raíz de la intervención llevada a cabo por personal de la División Servicios Móviles de Prevención de la Policía de la Ciudad, quien mientras se encontraba recorriendo la calle J. D. P. de esta ciudad, fue advertido acerca de un chofer de taxi que habría amenazado a otro con un arma de fuego. Frente a ello, se procedió a la identificación del sujeto señalado y, tras descartar la presencia de arma alguna, al posterior Fecha de firma: 29/03/2022

Alta en sistema: 30/03/2022

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

secuestro del interior de la guantera del auto que conducía, de un dispositivo de telefonía móvil marca “Samsung”, modelo “J5”, con números de IMEI externos 357481080648… y 357480080648…, siendo que este último registraba denuncia de robo, hurto o extravío en las bases de datos del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

Con la investigación en curso, se obtuvo el informe de AMX Argentina S.A. (Claro), en el que se hizo saber que la terminal identificada con el número de IMEI mencionado se encontraba asociada a una línea suspendida perteneciente a T.d.P.C.R.. Así las cosas, la...

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