Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 5 de Septiembre de 2018, expediente FSM 087093/2018/1/2

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 87093/2018/1/2 (8696), C.: “Legajo Nº 2 -

IMPUTADO: Q.R., J.R. s/LEGAJO DE CASACION”, del Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Nº 2 Registro de Cámara:8592 M., 05 de septiembre de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La defensa oficial de J.R.Q.R. presentó recurso de casación contra la resolución de esta Alzada que en copia obra a fs. 12/13, mediante la cual se confirmó la decisión de primera instancia en cuanto rechazó la solicitud de excarcelación del nombrado. (Cfr. R.. N..

    8554).

  2. L., cabe indicar que la decisión recurrida, si bien no se encuentra en la enumeración prevista en el Art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación, en tanto restringe la libertad ambulatoria de la nocente con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona –por ende-

    un perjuicio que podría resultar prima facie de imposible reparación ulterior, puede equipararse a sentencia definitiva en los términos acuñados en la norma mencionada, según lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Di Nunzio, B.H. s/excarcelación”, causa Nº

    10.572, D.199, XXXIX.

  3. Sentado ello, y puesto a decidir sobre la admisibilidad de la impugnación, es menester poner de relieve que en el pronunciamiento cuestionado, la sala ha examinado la procedencia de la libertad anticipada, sin apartarse de los -1-

    Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S. Firmado por: MARCOS MORÁN Firmado(ante mi) por: ROSARIO S.E.O., PROSECRETARIO DE CAMARA #32508511#215338662#20180906120751016 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 87093/2018/1/2 (8696), C.: “Legajo Nº 2 -

    IMPUTADO: Q.R., J.R. s/LEGAJO DE CASACION”, del Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Nº 2 Registro de Cámara:8592 lineamientos expuestos por la Cámara Federal de Casación Penal en el Plenario Nº13, “D.B.”, del 30/10/2008, para concluir en que se ve configurado en el sub examen un concreto supuesto de riesgo procesal que obsta a la soltura del causante.

    En tal sentido, se realizó una valoración concreta y acabada de los hechos atribuidos a J.R.Q.R., su significación jurídica y dosimetría sancionatoria, así como de sus condiciones personales –falta de arraigo y carencia de actividad laboral- y demás factores indicadores de riesgo procesal, al contar con un antecedente en su haber que impediría una eventual sanción de...

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