Sentencia de Sala 2, 20 de Noviembre de 2014, expediente CFP 010059/2014/2/CA002

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2014
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 10059/2014/2/CA2 CCCF- Sala II CFP 10059/2014/2/CA2 “V P, G s/

procesamiento”

J.. n° 4 - Sec. n° 7.

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2.014.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan estas actuaciones a estudio y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. F.R.B., defensor de G V P, contra el resolutorio que en copia luce a fs. 1/6 de este incidente, en cuanto dispuso el procesamiento del nombrado en orden al delito de suministro de estupefacientes a título oneroso (artículo 5, inciso “e”, de la Ley 23.737).

II- La presente causa se originó a raíz del procedimiento policial llevado a cabo el pasado 7 de octubre en la calle A.A. -entre General Urquiza y La Rioja- de esta ciudad, cuando observaron a dos hombres que se juntaban en la misma vereda por la que venían los preventores, y al pasar cerca de ellos escucharon que uno le manifestó al otro “Tenés una de cuarenta, dame una de cuarenta”, advirtiendo que el otro sujeto metió la mano en uno de sus bolsillos y sacó una especie de recipiente pequeño amarillo para buscar un envoltorio blanco y dárselo a la otra persona, quien lo tomó mientras contaba dinero (fs. 1/2).

Tras ser identificados y exhibir sus pertenencias, en presencia de los testigos requeridos, se secuestró del suelo un envoltorio con cocaína que fue arrojado por el sujeto identificado como A A G, y al otro sujeto, quien resultó ser el imputado en autos, se le incautaron 16 envoltorios conteniendo la misma sustancia, setenta y siete pesos ($77) y un teléfono celular (fs. 1/2 y 8).

III- En primer lugar, cabe decir que la materialidad del hecho se encuentra acreditada a partir de los distintos elementos aunados al sumario, a saber: las declaraciones de fs. 1/2, 3/4, 9/10; las actas de detención de fs. 6 y 7; el acta de secuestro de fs. 8; el acta de apertura de fs. 65 y el peritaje de fs. 164/168, todas del principal.

Por otra parte, las circunstancias relatadas por el personal preventor, las que a su vez resultaron respaldadas por la cantidad y acondicionamiento de la droga secuestrada y por el dinero en billetes...

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