Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 18 de Agosto de 2016, expediente FMP 026655/2014/17/CA009

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 26655/2014/17/CA9 del Plata, 18 de agosto de 2016.-

Y VISTA:

Para resolver en el presente expediente caratulado “Legajo de Apelación de M.R.J.;N., M.C.;G., J.C.R. por infracción art. 145 bis del Código Penal según ley 26.842”, procedente del Juzgado Federal de Azul, registrada con el N° 24935/2015/1 Y CONSIDERANDO:

I) Que arriban los autos a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 3 y vta. por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. D.R.D.V., contra la resolución que resuelve la traba de embargo sobre los inmuebles sitos en Av. …Nro… y Av…. N.. … de la ciudad de Miramar.

Cumplidos los presupuestos del recurso y demás trámites de rigor, quedan a fs. anterior los autos en condiciones de ser resueltos.

II) Habiendo sido analizado el presente, este Tribunal está en condiciones de afirmar que asiste razón a la Defensa Oficial en cuanto a que no se advierten fundamentos propios que permitan sostener estos embargos, cuando precede una inhibición general de bienes que ya suficientemente garantiza el objeto cautelar, no sólo sobre cualquier fin provisional del art. 518 del C.P.P sino también del 23, 29 y 30 del C.P.

Que de seguir vigente ambas cautelares se daría una superposición, que tornaría inoficioso aquellos embargos decretados sobre los bienes del encausado G., cuando sobre él ya recae en el mismo proceso una Inhibición General. Esta doble grava que recaerían sobre los inmuebles embargados, carecen de sentido alguno, a pesar que sea dispuesta con la condición futura de lo que podría conocerse acerca de la titularidad de aquellos, y como si hubiese alguna manera (que no se explica ni funda) de que estos inmuebles pudieran distraerse...

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