Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 21 de Septiembre de 2023, expediente FMZ 012850/2021/TO01/14/CFC001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FMZ 12850/2021/TO1/14/CFC1

AMADOR ARIAS, J.L. y otros s/

control prórroga de prisión preventiva

Registro Nro. 1095/23

Buenos Aires, 21 de septiembre de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.

Barroetaveña -Presidente- y D.A.P.-.-,

reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la prórroga de la prisión preventiva resuelta respecto de J.L.A.A., C.B.C.A., N.J.M.S. y F.E.G.L. en el presente legajo FMZ

12850/2021/TO1/14/CFC1.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, en fecha 5 de septiembre de 2023,

    resolvió: “(1°) PRORROGAR LA PRISIÓN PREVENTIVA de J.L.A.A., C.B.C.A., N.J.M.S. y F.E.G.L. —a partir del 9 de septiembre de 2023— por el término de SEIS

    (6) MESES O HASTA LA FINALIZACIÓN DEL DEBATE ORAL FIJADO,

    lo que ocurra primero (art. 1 de la ley 24390) [...]” (el destacado y las mayúsculas pertenecen al original).

  2. Que, conforme surge de las constancias digitales del expediente principal, a las que hemos tenido acceso a través del Sistema de Gestión Judicial LEX100, en fecha 13 de septiembre del año en curso, el tribunal de la anterior instancia, integrado de manera unipersonal, en el marco del proceso abreviado previsto por el art. 431 bis Fecha de firma: 21/09/2023

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA 1

    del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), resolvió -en lo que aquí interesa-: “(1).- CONDENA[R] a N.J.M.S. a la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN y MULTA de 67,5 UNIDADES FIJAS [...] equivalente a pesos cuatrocientos setenta y dos mil quinientos ($472.500,00)

    con accesorias legales y costas, por considerarla penalmente responsable de la infracción al artículo 5º

    inciso “c” de la ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por el artículo 11 inciso “c”, en calidad de autora. 2.-

    CONDENA[R] a J.L.A.A. a la pena de TRES (3)

    AÑOS DE PRISIÓN con los beneficios de la CONDENACIÓN

    CONDICIONAL (art. 26 C.P.) y MULTA de 33,75 UNIDADES FIJAS

    [...] equivalente a pesos doscientos treinta y seis mil doscientos cincuenta ($236.250,00) con accesorias legales y costas, por considerarlO penalmente responsable de la infracción al artículo 5º inciso “c” de la ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por el artículo 11 inciso “c”,

    en calidad de partícipe secundario (art. 46 del Código Penal) [...] 4.- CONDENA[R] a Fernando Emanuel GARCÍA

    LUCENA a la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN con los beneficios de la CONDENACIÓN CONDICIONAL (art. 26 C.P.) y MULTA de 33,75 UNIDADES FIJAS [...] equivalente a pesos doscientos treinta y seis mil doscientos cincuenta ($236.250,00) con accesorias legales y costas, por considerarlO penalmente responsable de la infracción al artículo 5º inciso “c” de la ley...

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