Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 22 de Febrero de 2018, expediente FMZ 001759/2014/TO01/14

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III Causa Nº FMZ 1759/2014/TO1/14 “Rojas Torres, J.R. y otros s/recurso de reposición”

Registro nro.: 53/18 Buenos Aires, 22 de febrero de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver el recurso de reposición interpuesto a fojas 135/141 por el doctor M.H.F., en representación de J.R.R.T., J.A.R. y J.E.L.M., contra la resolución de fojas 125/132, por considerar que no se había tratado el planteo de nulidad por falta de requerimiento fiscal de instrucción denunciado en la audiencia de informes del día 27 de diciembre de 2017.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctor E.R.R. y doctora L.E.C. dijeron:

Que la decisión de esta Sala que rechazó los recursos de casación deducidos por la defensa particular no es de las resoluciones a las que se refiere el artículo 446 del código Procesal Penal de la Nación como susceptibles de ser recurridas en revocatoria, pudiendo, si fuere el caso, ser impugnada por la vía del art. 14 de la ley 48 (confr. entre otros muchos precedentes, esta Sala III en causas nº 1037 “R., M.O.

s/recurso de reposición, reg. Nº 403/96 del 5/12/96 y Nº 2492 “R., D.E. y otros s/ recurso de reposición”, reg. 32/00 del 17/2/00).

Consecuentemente, votamos porque se declare inadmisible el recurso incoado, con costas.

El señor juez doctor C.A.M. dijo:

El letrado defensor de los imputados J.R.R.T., J.A.R. y J.E.L.M., doctor M.H.F., dedujo recurso de reposición contra la decisión de esta Sala de fs. 125, por medio de la cual se resolvió resolvió rechazar los recursos de casación interpuestos por esa defensa particular, con costas en la instancia.

Para sustentarlo, señaló que se omitió trata uno de los agravios introducidos por esa parte en la audiencia de fundamentación celebrada con fecha 22 de noviembre de 2017, Fecha de firma: 22/02/2018 Alta en sistema: 23/02/2018 Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: EDUARDO R. RIGGI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: M.V.P., PROSECRETARIA DE CAMARA #28926370#198731512#20180223102718248 precisamente aquel vinculado a la nulidad absoluta por falta de requerimiento fiscal de instrucción.

Se observa así que la impugnación en estudio es manifiestamente inadmisible, dado que sólo es procedente contra resoluciones dictadas sin sustanciación, a fin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR