Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 22 de Noviembre de 2017, expediente CPE 001295/2016/1/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación LEGAJO DE APELACIÓN DE M., S., EN CAUSA N° CPE 1295/2016, CARATULADA: “D., C.J.; GEMABIOTECH S.A.; PC GEN S.A.

S/ INFR. LEY 24.769”. JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N° 3. EXPEDIENTE N° CPE 1295/2016/1/CA1. ORDEN N° 27.588. SALA “B”.

Buenos Aires, de noviembre de 2017.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el representante de la querellante S.M. a fs. 741/744 de la causa principal (fs. 4/7 de este incidente)

contra la resolución de fs. 738/739 vta. del mismo legajo (fs. 1/2 vta. del presente), mediante la cual el tribunal de la instancia anterior dispuso el archivo de la causa principal.

La presentación de fs. 19/22 de este incidente, por la cual el representante de la querella informó en los términos del art. 454 del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por la resolución recurrida, el señor juez a cargo del juzgado “a quo” dispuso el archivo de las actuaciones principales, en los términos del artículo 213 inciso d), del C.P.P.N., por considerar que no constituyen delito los hechos investigados relacionados con la evasión presunta de los aportes y/o las contribuciones correspondientes al Sistema Único de la Seguridad Social (S.U.S.S.), por parte de los contribuyentes C.J.D., PC GEN S.A. y GEMABIOTECH S.A., durante el período comprendido entre abril de 2004 y agosto de 2016.

  2. ) Que, en sustento de la decisión recurrida, el juez a cargo del juzgado de la instancia anterior expresó: “…por la lectura de las expresiones de S.M.…se advierte que la nombrada habría sido empleada de PC GEN S.A. y de GEMABIOTECH S.A., desde abril de 2004 hasta agosto de 2016 y que, en aquel marco, una parte de sus salarios a lo largo de aquel lapso le habrían sido abonados sin la emisión del correspondiente recibo oficial y sin la consecuente posibilidad de realización de los aportes y contribuciones debidas al régimen de la seguridad social…aún cuando sea cierta la hipótesis de M., por la lectura de los valores de aquellos salarios abonados en forma regular y aún en forma Fecha de firma: 22/11/2017 Alta en sistema: 27/11/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARÍA CONSTANZA DE O.C., PROSECRETARIA DE CAMARA #29695573#193755092#20171115114140204 supuestamente anómala…los montos de los aportes y/o contribuciones que se habrían dejado de retener y/o ingresar por la maniobra denunciada (pago de salarios ´en negro´), no...

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