Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 26 de Octubre de 2018, expediente FPA 016997/2017/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 16997/2017/1/CA1 Paraná, 26 de octubre de 2018.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. Mateo José

Busaniche, P.; la Dra. C.G.G., V.P.; se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de encontrarse la Dra. L.G.C., en uso de licencia -art. 109 del R.J.N-, el Expte. Nº FPA 16997/2017/1/CA1 caratulado:

LEGAJO DE APELACIÓN DE N.N. EN AUTOS ´N.N. POR INFRACCIÓN LEY 22.415´

; proveniente del Juzgado Federal Nº1 de Concepción del Uruguay, y; DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B., dijo:

Que, los mismos vienen a consideración de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Sra. Fiscal Federal Ad Hoc a fs.

3/7, contra la resolución obrante a fs. 1/2 vta. que decreta la incompetencia del Juzgado N°1 de Concepción del Uruguay para entender en las presentes actuaciones, debiendo remitirse las mismas a la Aduana de la ciudad de Concordia. El recurso es concedido a fs. 9.

En esta instancia, se celebra la audiencia preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N. bajo la modalidad escrita -Art. 53, 6to. párrafo, punto 4) del Fecha de firma: 26/10/2018 Alta en sistema: 30/10/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara 1 Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #32347669#219944896#20181029123421057 Reglamento Interno de esta Cámara, Acordada 50/15, conforme modificación Acordada 30/18 y Resolución 61/18 CFAP-, de la que da cuenta el conste actuarial de fs. 33, agregándose el memorial presentado por el Sr. Fiscal General S., Dr. J.I.C., quedando las presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

I– Que, el Sr. Fiscal General S., realiza un breve relato de los hechos, y prosiguiendo la instrucción general proveniente de la resolución 18/18 de la Procuración General de la Nación, sostiene –entre otras consideraciones- que la modificación a la ley implica un salto cualitativo y no importa un cambio en la valoración social del hecho.

Cita el fallo de la Cámara de Casación Penal “Galletti, C.A. y otros s/ recurso de casación”, entre otros.

Solicita la revocación de la resolución apelada y se remitan los autos a la brevedad al Juzgado de origen, a fin de que retome la investigación penal correspondiente. Hace reserva de acudir en Casación.

II- Que, las presentes actuaciones tienen Fecha de firma: 26/10/2018 Alta en sistema: 30/10/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara 2 Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #32347669#219944896#20181029123421057 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 16997/2017/1/CA1 inicio en fecha 27 de octubre de 2017, en virtud del procedimiento realizado por el Escuadrón N°4 “Concordia” de GNA, en la Ruta Nacional N° 14, Km 240, donde se procedió al control de un vehículo de la empresa VIA CARGO, dominio “AA781PU”, procedente de Iguazú -Misiones-, con destino final P.N. -Provincia de Buenos Aires-, en el que se detectaron 13 bultos, en...

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