Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 10 de Mayo de 2023, expediente FPO 002805/2017/1/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS

FPO 2805/2017/1/CA1

Posadas, a los 10 días del mes de mayo de 2023.

Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO

2805/2017/1/CA1, caratulado: “J., F. y otros s/

Legajo de Apelación”.

CONSIDERANDO: 1) Que, arriban las presentes actuaciones

al conocimiento y decisión de este Tribunal con motivo de los

recursos de apelación articulados a fs. 206/211, fs. 212/215, fs.

216/220 y fs. 221/226, contra la decisión de la Sra. Magistrada de la

instancia que antecede recaída a fs. 202/203, a tenor de la cual dispuso

el procesamiento sin prisión preventiva de F.J.D.J., F. S.

Vanetta, D.O.G. y O.S. por estimarlos prima facie coautores

penalmente responsable del delito de Asociación Ilícita en concurso

real con Peculado y Abuso de Autoridad (arts. 210, 261, 249, 45 y 55

del C.P.).

2) Que, impreso el respectivo trámite en esta Alzada, se

practicaron las notificaciones de rigor a fs. 826, fs. 827, fs. 828, fs.

829, fs. 830 y fs. 831, atento a lo establecido en el art. 454 del

C.P.P.N. se fijó fecha de audiencia para el día 6 de marzo del 2023, a

los efectos de la presentación del memorial por escrito (Acordada Nº

32/08 de esta Alzada), ello según consta a fs. 829.

Que, encontrándose debidamente notificada la defensa de F. J.

D. J., F.S.V., D.O.G. y O.S. mediante cedula

electrónica Nº 23000063276516, la misma no ha expresado agravios

en tiempo y forma; por lo tanto y frente a la actual redacción del art.

454, 2° párrafo del C.P.P.N. que establece: “…si el recurrente no

concurriera, se tendrá por desistido el recurso a su respecto...” ha de

concluirse en el sentido indicado por la norma.

En mérito de lo expuesto, esta Cámara Federal de Apelaciones

de Posadas,

RESUELVE:

1) TENER POR DESISTIDO los recursos de

Fecha de firma: 10/05/2023

Alta en sistema: 11/05/2023

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.C.R.B., SECRETARIO DE CAMARA

apelación articulados a fs. 206/211, fs. 212/215, fs. 216/220 y fs.

221/226 (Art. 454 párrafo, C.P.P.N.).

REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. COMUNÍQUESE

(Acordada 5/19, C.S.J.N.), y remítase al tribunal de origen

mediante pase digital, sirviendo la presente de muy atenta nota de

envío.

Fdo. Dr. M.O.B.D.. A.L.C. de Mengoni

(Jueces) Ante Mi Dra. M.C.R.B. (Secretaria).

Fecha de firma: 10/05/2023

Alta en sistema: 11/05/2023

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado...

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