Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 17 de Marzo de 2022, expediente CFP 000035/2021/1/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 35/2021/1/CA1

Sala

  1. CFP 35/2021/1/CA1

    L, C L. s/procesamiento y embargo

    Juzgado Federal n° 5. Secretaría n° 10.

    Buenos Aires, 17 de marzo de 2022.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    Los Dres. M.I. y Eduardo G.

    Farah dijeron:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la Sra. Defensora Pública Coadyuvante Dra. Romina S.

    Paraboni, contra el auto por el que se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de C L L como autor del delito reprimido por el art. 201 en concurso real con el art. 204 quinquies, ambos del Código Penal (arts. 45,

    55 del C.P. y 306 y 310 del C.P.P.) -punto I-, trabando embargo sobre sus bienes por la suma de $250.000 -punto II-.

    En dicha ocasión, en la que solicitó abreviación de plazos, y con remisión a lo informado por la ANMAT, se agravió por considerar que no se encuentra acreditado si los elementos incautados son o no capaces de provocar un daño concreto para la salud, razón por la que no se satisfacen los requisitos que reclama el tipo penal del art. 201 C.P. por el que fuera cautelado.

    Indicó que tampoco se ha constatado que se haya disimulado carácter nocivo alguno de tales sustancias.

    Explicó además con relación a los productos con sustancias anabólicas, que el organismo hizo mención a potenciales efectos nocivos, cuando la figura en danza requiere la verificación de efectos adversos concretos.

    Peticionó en definitiva, se revoque el auto en crisis y se disponga el sobreseimiento de su asistido en orden a esa imputación, sin expresar agravios en relación al hecho calificado en la figura prevista en el art. 204 quinquies del C.P.

    En subsidio, propició se reduzca la suma fijada para dar a embargo por considerarla excesiva.

    Fecha de firma: 17/03/2022

    Alta en sistema: 21/03/2022

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    II.a. Las actuaciones reconocen su origen a raíz de la denuncia efectuada por ANMAT ante la Policía Federal Argentina dando cuenta que a través del sitio web “Mercado Libre” el usuario “Fórmula Magistral” ofrecía a la venta anabólicos y medicamentos con hormonas de crecimiento, sin prescripciones médicas y/o indicaciones para su uso, las que tampoco se hallaban registradas ante el citado organismo,

    siendo responsables de la publicación -entre otros- C L L, teléfono 11-5319…..

    Asimismo, se logró establecer que el usuario “Prott Suplementos”

    registraba publicaciones en dicha página web bajo el celular 11-4975….

    correspondiente al nombrado L.

    Entre los medicamentos así ofrecidos a través del usuario citado en último término, se encontraban “Enhanced Athlete Ligandrol LGD-4033” y “Enhanced Athlete Testolone RAD 140”, no inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales, “D.I. your gains 60 capsules”, “Dhea 100 mg testosterone boost 60 capsules”,

    Dhea 50 mg testosterone boos 60 capsules

    , todos ellos del laboratorio “KN Nutrition”, cuya venta y distribución se encuentra prohibida por el ente mencionado a través de la Disposición 234/2020 del 28 de enero de ese año.

    Las tareas pesquisitivas desarrolladas permitieron establecer que desde su domicilio en P.M.M. 5…

    de esta ciudad, L entregaba los medicamentos a mensajeros en moto (v.

    testimonio del Principal C P a fs. 4/5, vistas fotográficas de fs. 6/10 del Sumario 431924/21 y su declaración a fs. 192/3 junto a capturas fotográficas de fs. 196/208 del Sumario 99749/21) o a diversas personas que concurrían a su domicilio (v. testimonio del mencionado oficial a fs.

    183/4 del Sumario 99749/21), o los enviaba mediante correo privado.

    Lo expuesto encuentra además corroboración en lo obrado en el Sumario n° 99749/21 de la División Delitos contra la Salud de la Policía de la Ciudad -especialmente fs. 47/54, 65, 71/77, 81/88, 115/8;

    testimonio del Oficial Primero D M a fs. 121, 129; informe de fs. 135/6;

    testimonio del Principal P a fs. 155; informe de “Mercado Libre” de fs.

    222/7, entre otras- y en la Nota DDCS n° 440/2021 del 7 de mayo de 2021

    del Sumario 446159/21.

    El allanamiento practicado el 8 de septiembre de 2021 sobre el domicilio del encausado, concluyó con la incautación de Fecha de firma: 17/03/2022

    Alta en sistema: 21/03/2022

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

    CFP 35/2021/1/CA1

    numerosos productos así como de talonarios de factura Tipo “C” con inscripciones “BAYRES SUPLEMENTOS, ACCESORIOS E

    INDUMENTARIA DEPORTIVA de L C L”; remito de compras realizada por Mercado Libre, una notebook, dos celulares y un CPU, entre otros elementos (v. acta y testimonios del Principal Mayor H B, Oficial Primero D

    M y Oficial S A).

    1. Dicho procedimiento arrojó el secuestro de los elementos que, junto con lo informado sobre ellos por el ANMAT e INAME a continuación se indicarán:

      - Un frasco de plástico transparente con tapa de color blanco con etiqueta “E.C.A. COMPLEX 30 COMPRIMIDOS” que contiene comprimidos color celeste.

      ANMAT informó (acta-2021-86473191-APN-

      DVPS#ANMAT del 14.9.21) que no posee número de lote ni fecha de vencimiento, ni declarado el elaborador. A través del análisis IF-2021-

      111342590-APN-DFYGR#ANMAT del 16.11.21, especificó: “Muestra 675/21 Frasco E.C.A. COMPLEX 30 comprimidos. Se identificó cafeína,

      aspirina y ácido salicílico”.

      - Un frasco de plástico transparente con etiqueta que reza “THERMOGENICS COMPLEX 60 COMPRIMIDOS”, con comprimidos de color violeta.

      ANMAT mediante acta-2021-86473191-APN-

      DVPS#ANMAT del 14.9.21 dio cuenta que carece de número de lote, no habiéndose indicado la fecha de vencimiento ni el elaborador. En el informe IF-2021-111342590-APN-DFYGR#ANMAT del 16.11.21 se consignó: “Muestra 674/21. Frasco Thermogenics complex 60

      comprimidos. Se identificó hidroclorotiazida, cafeína, aspirina y ácido salicílico”.

      - Un frasco de plástico color blanco con tapa del mismo color, con etiqueta que reza “TADALAFILO TABLETS USP 10

      MG 30 TABLETS MD LABORATORY”.

      ANMAT constató (acta-2021-86473191-APN-

      DVPS#ANMAT del 14.9.21) que no posee número de lote ni fecha de vencimiento, constando como elaborador MD LABORATORY. Se señaló

      que el “Frasco abierto contiene cuatro comprimidos triangulares color violeta. Un comprimido triangular color amarillo un comprimido redondo Fecha de firma: 17/03/2022

      Alta en sistema: 21/03/2022

      Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

      verde con ranuras y una porción de un comprimido verde distinto tono que el anterior”.

      A través del informe IF-2021-111342590-APN-

      DFYGR#ANMAT del 16.11.21, se estableció “Muestra 678/21 Frasco tadalafilo Tablets USP Muestra A (comprimido violeta). Muestra B

      (comprimido amarillo). Muestra C (comprimido verde). Muestra D

      (fragmento de comprimido verde). Muestra A: se identificó

      hidroclorotiazida, parecetamol y cafeína. Muestra B: se identificó

      paracetamol, aspirina, ácido salicílico y cafeína. Muestra C: se identificó

      tadalafilo. Muestra D: se identificó tadalafilo”.

      Sobe ello, “… se informa en relación a las muestras remitidas y procesadas con los N° de Certificado de Ingreso de Muestra … y 678/21… que mediante Disposición 234/2020 esta Administración prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de cualquier producto elaborado por la firma MD

      LABORATORY, por no encontrarse registrado dicho establecimiento ante esta Administración”.

      - Un frasco de plástico color blanco con tapa del mismo color, con etiqueta que reza “SUPER GIGANTE TABLETS USP

      100 TABLETS MD LABORATORY”.

      ANMAT, acta-2021-86473191-APN-

      DVPS#ANMAT del 14.9.21 se describió “Super Gigante Tablets USP

      OXIMETOLONA 5 mg, Metandrostenolona 5 mg, Ciproheptadina 2 mg,

      Vitamina b1, b6, B12, 12 mg 100 Tablets. MD Laboratory”, lo que no posee número de lote ni fecha de vencimiento, siendo su elaborador MD

      LABORATORY.

      En el informe IF-2021-111342590-APN-

      DFYGR#ANMAT del 16.11.21 se consignó: “Muestra 677/21 Frasco Super Gigante Tablets Usp (Oximetolona 5 mg, Metandrostenolona 5 mg,

      Ciproheptadina 2 mg, Vitamina B1 B6 B12. Se identificó

      ...

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