Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 17 de Marzo de 2021, expediente FSM 009929/2019/1/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° 8743- FSM 9929/2019/1/CA1

Legajo Nº 1 - IMPUTADO: GUZMAN, C.G. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

Reg. N°:9344

S.M., de marzo de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El Juzgado Federal Nº 2 de S.M. dispuso el sobreseimiento de P.A.F., entendiendo que los hechos no fueron cometidos por el nombrado (cfme. Art.

    336, inc. 4°, del CPPN).

    La decisión fue apelada por el F. de grado y, en la instancia, la impugnación fue mantenida por el F. General.

  2. El evento investigado en autos se vincula con la motocicleta Yamaha FZ163,

    dominio colocado 844-JEV, que fuera secuestrada el 9 de marzo de 2019 en poder de C.G.G., en el marco de un control vehicular de rutina. En ese contexto, el nombrado exhibió ante la autoridad una cédula de identificación automotor falsificada, y se determinó que los números de motor y cuadro de la unidad se encontraban adulterados —siendo las originales correspondientes al dominio 756-IZE—,

    con una chapa patente apócrifa y que, además,

    F. de firma: 17/03/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8743- FSM 9929/2019/1/CA1

    Legajo Nº 1 - IMPUTADO: GUZMAN, C.G. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

    Reg. N°:9344

    registraba pedido de secuestro activo de fecha 29 de abril del año 2013.

    Al momento de ser legitimado pasivamente, G. señaló a P.A.F. como quien le vendiera la motocicleta.

    En líneas generales, refirió que la unidad se la compró al nombrado y que fue éste quien le entregó la documentación que exhibió

    al ser demorado en el puesto de control policial. Adujo además, que no realizó

    averiguaciones sobre la unidad porque conocía al vendedor, ya que había hecho para él trabajos de albañilería en su casa, y expuso que por su condición de policía confiaba en él.

    De su lado, al ser pasivamente legitimado, F. —quien dijo contar con una antigüedad de 25 años entre la Policía Federal Argentina y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires— explicó cómo adquirió la motocicleta y la documentación que fue, en definitiva,

    secuestrada en poder de G.. En lo sustancial, manifestó que la moto la había F. de firma: 17/03/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8743- FSM 9929/2019/1/CA1

    Legajo Nº 1 - IMPUTADO: GUZMAN, C.G. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

    Reg. N°:9344

    comprado entre agosto y septiembre del año 2017 a una persona de nombre A.T., quien era dueño de un lavadero de autos ubicado en el barrio porteño de Villa del Parque. Agregó que T. le comentó

    que sobre el rodado pesaba un embargo o inhibición de bienes, por lo que habían acordado un pago parcial —que...

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