Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 8 de Septiembre de 2020, expediente FMP 000088/2019/159/1/CFC011

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FMP 88/2019/159/1/CFC11

B.R.O.s.ón

Registro nro.: 1251/20

Buenos Aires, 8 de septiembre de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el señor juez D.A.P.,

    formalizó una presentación en el presente legajo digital afirmando que, “De las constancias del sistema LEX 100 surge que G.G. se encuentra incluido en el listado de partes en calidad de denunciado. Así ello, ante la posible configuración del presupuesto previsto en el art. 55, inc. 11,

    primera parte del C.P.P.N., y en función de lo dispuesto por dicha norma, corresponde que me inhiba de seguir entendiendo en las presentes actuaciones”.

  2. ) Que resultan atendibles los motivos alegados por el Dr. P., que justifican el apartamiento solicitado atento a las razones de amistad íntima invocadas. Corresponde,

    en consecuencia, aceptar la excusación del magistrado de mención en estas actuaciones (art. 18 y 75 inc. 22º de la CN,

    8.1 de la CADDHH, 14.1 del PIDCyP, art. 10 DUDH y art. 26 de la DADDH).

    En mérito a las consideraciones efectuadas el tribunal

    RESUELVE:

    Aceptar la excusación del Dr. D.A.P..

    R., hágase saber y remítase a la Secretaría General de esta Cámara a sus efectos.

    Firmado: G.J.Y. y C.A.M.A. mí...

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