Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 8 de Agosto de 2018, expediente FPA 014492/2017/1/CA001

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 14492/2017/1/CA1 Paraná, 8 de agosto de 2018.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por la Dra. C.G.G., P.; la Dra. B.E.A., V. y Dr. M.J.B., Juez de Cámara, el Expte. Nº FPA 14492/2017/1/CA1 caratulado: “LEGAJO DE APELACIÓN DE VANDE LINDE, L.A. EN AUTOS ´VANDE LINDE, L.A. POR INFRACCIÓN LEY 22415´”; proveniente del Juzgado Federal Nº 1 de Concepción del Uruguay, y; DEL QUE RESULTA:

La Dra. C.G.G., dijo:

Que, los mismos vienen a consideración de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Sra. Fiscal, contra la resolución obrante a fs. 1/3 vta. del presente, que en lo pertinente, decreta el sobreseimiento de L.A.V.L., en orden al delito de encubrimiento de contrabando. El recurso es concedido a fs. 12.

En esta instancia, se celebra la audiencia preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta el conste de fs. 31, presentando memoriales el Sr. Fiscal General, Dr. R.C.F. de firma: 08/08/2018 Alta en sistema: 09/08/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario 1 #31795564#212665914#20180808125909312 M.Á. y el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante, Dr. A.J.C., en defensa de L.A.V.L.; los que se agregan y quedan las presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

I- Que el hecho que diera inicio a las presentes, se constató el día 6/09/2017 en ocasión en que personal del Escuadrón Nº 4 de Gendarmería Nacional, procedió al control del transporte público de pasajeros de la empresa Nuevo Expreso, proveniente de Monte Caseros -Corrientes- y con destino a Gualeguaychú -Entre Ríos- y, al inspeccionar el sector destinado a equipajes, detectó dos cajas de cartón de gran volumen y peso que llamó la atención del personal, por lo que se solicitó al chofer que exhiba los boletos en los que se encuentra identificado el equipaje, constatando que su propietario sería L.A.V.L..

Que ante ello, se solicitó a aquél la exhibición de dichas cajas observando en su interior cigarrillos de origen paraguayo, mercadería que al ser aforada arrojó un valor en plaza de $100.343,37; encontrándose en presunta infracción a la ley 22415.

Que el magistrado a quo entendió

Fecha de firma: 08/08/2018 Alta en sistema: 09/08/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara 2 Firmado(ante mi) por: H.R.F., S...

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