Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 3, 16 de Septiembre de 2015, expediente FTU 400856/2010/3/1/CFC001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorSala 3

Sala III Causa Nº FTU 400856/2010/3/1/CFC1 “M., J.L. Cámara Federal de Casación Penal s/recurso de casación”

Registro Nº: 1562/15 Buenos Aires, 16 de septiembre de 2015.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Los doctores L.E.C. y E.R.R. dijeron:

Atento al particular criterio jurídico procesal que puso de manifiesto el Sr. Fiscal General, doctor J.A. De Luca, al no mantener el recurso de casación otrora interpuesto por otro Representante del Ministerio Público Fiscal, en estos autos caratulados “M., L. por enriquecimiento ilícito (art.

268 inc.2 del C.P.)”, corresponde devolver las actuaciones a la instancia de procedencia (art. 465 del Código Procesal Penal de la Nación).

El doctor M.H.B. dijo:

Por cuanto el Sr. Fiscal General no ha mantenido la impugnación deducida, rigen las previsiones del artículo 465 del Código Procesal Penal de la Nación y corresponde devolver las actuaciones al Tribunal de procedencia.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

DEVOLVER las actuaciones a la instancia de procedencia (art. 465 del Código Procesal Penal de la Nación).

R., notifíquese, comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y cúmplase con la...

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