Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 22 de Marzo de 2018, expediente FRE 000096/2015/TO01/6

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE 96/2015 RESOLUCIÓN N° 39/18.-

Santa Fe, 09 de marzo de 2018.-

AUTOS Y VISTOS: estos caratulados: “

YURCHERCHEN, J.G.S./ EJECUCIÓN PENAL” Legajo 109/17 - FRO 96/2015/TO1/6, de los registros de esta Secretaría del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, y CONSIDERANDO:

Primero

El Dr. J.A., defensor público oficial en representación de su pupilo J.Y., brinda el marco técnico a la solicitud del mismo en cuanto a la aplicación del estímulo educativo –

art. 140 de la Ley 24.660-, por cinco (5) meses, a los fines de los beneficios acordados por Ley, conforme constancias remitidas por la Prisión Regional del Norte U-7 relativas a su actividad educativa (fs. 72/73 y 83/84), y de las cuales surge que su defendido cursó y aprobó el ciclo lectivo anual en su 2° etapa del Nivel Primario durante el año 2017. Asimismo, señala que debe efectivizarse una reducción por el curso de “Auxiliar de Instalaciones Eléctricas Domiciliarias”.

Segundo

Corrida Vista al Ministerio Público Fiscal, dictamina que debe hacerse lugar a la aplicación de estímulo educativo a favor del nombrado, correspondiendo la reducción de un (1) mes por el cursado y aprobación de la segunda etapa del colegio primario durante el ciclo lectivo 2017 y dos (2) meses por haber culminado sus estudios primarios. Asimismo, Fecha de firma: 22/03/2018 considera que con respecto al curso de Auxiliar de Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.V., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #30304811#201974798#20180322124710111 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE 96/2015 Instalaciones Eléctricas Domiciliarias no corresponde reducción alguna por la carga horaria (fs. 92).

Tercero

Que en la causa FRO 96/2015/TO1, caratulada “YURCHERCHEN, J.G. S/ Infracción Ley 23.737 (art. 5 ic. c)”, J.Y. fue condenado mediante Sentencia N° 33/16 de fecha 26/05/16, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c y 45 del C.P), a sufrir la pena de seis (06) años y seis (6)

meses de prisión y a abonar en concepto de multa la suma de siete mil pesos (7.000), monto conforme ley 23.975, dentro del plazo previsto en el art. 501 del CPPN, bajo apercibimientos de ley (art. 21 del CP), con más las accesorias del art. 12 del C. Penal.

Conforme cómputo legal la pena impuesta al nombrado vence el 24/07/2021. La mitad de la condena quedó...

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