Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 15 de Mayo de 2017, expediente FSM 074001571/2011/TO01/6

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 74001571/2011/TO1/6 En la ciudad de San Martín, a los quince días del mes de mayo del año 2017 se constituye en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín el señor juez M.G.D.C., con la intervención de C.T. como secretaria de actuación, a fin de dar cumplimiento a la audiencia prevista por el art. 293 C.P.P.N. en el expte. FSM 74001571/2011/TO1/6 (reg. int. 3.468) para tratar la solicitud de suspensión del juicio a prueba de S.D.A., por quien se requiriera la elevación a juicio en orden a los delitos de exhibición de copias ilícitas sin poder acreditar mediante factura el vínculo comercial con el productor legítimo en concurso ideal con el delito de puesta en venta de productos con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada, en calidad de autor (arts. 45, 54 del C.P., art. 72 bis, inc. “d” de la ley 11.723 y art. 31, inc. “d” de la ley 22.362) –ver copias certificadas de fs. 1/9vta. Se verifica la presencia del imputado y de su asistente técnica, la defensora pública coadyuvante D.B..

Se declara abierta la audiencia y se otorga la palabra al imputado y a su defensa, quienes se remiten a la solicitud de suspensión del juicio a prueba efectuada a fs. 10/11; el encausado ofrece reparar el daño mediante el pago de la suma de $ 1.800 a favor la Asociación para la Protección de los Derechos Intelectuales sobre F.M. (APDIF), realizar tareas comunitarias y cumplir con toda otra regla de conducta que el Tribunal entienda adecuada. Por su parte, el Sr.

Fiscal General en su presentación de fs. 31/vta expresó

su consentimiento en los términos del art. 76 bis párrafo Fecha de firma: 15/05/2017 Alta en sistema: 31/05/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIO DE JUZGADO #28259496#155563964#20170515124945528 3° del C.P. y solicitó se incorpore por lectura dicho escrito a la presente audiencia. Así planteada la cuestión entiendo que de acuerdo a la doctrina fijada por la CSJN en el caso “A., A.E.” (A. 2186.

XLI) corresponde suspender el juicio a prueba por encontrarse reunidos los requisitos exigidos por el art.

76 bis del CP; esto es media consentimiento del fiscal general y la calificación legal del hecho imputado, sus características y la ausencia de antecedentes penales (fs. 21/23) permitirían dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable. Se estima razonable el...

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