Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 29 de Noviembre de 2016, expediente FRO 086000125/2013/TO01/1
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE 86000125/2013 RESOLUCIÓN N° 232/16.
SANTA FE, 29 de noviembre de 2.016.
AUTOS Y VISTOS: estos caratulados
MARTÍNEZ, AMILCAR EMANUEL S/ Ejecución Penal
, Legajo
N° 112/13 FRO 86000254/2012 de entrada en los registros de este
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, de los que, RESULTA:
-
Que el interno M. solicita se le conceda el
beneficio de la libertad asistida (art. 54, consecutivos y concordantes de
la Ley 24.660), adjuntándose los informes producidos por los distintos
organismos del Complejo Penitenciario Federal NOA III de Salta donde
se encuentra alojado.
El nombrado fue condenado por este Tribunal,
mediante Sentencia n° 51/13 de fecha 13 de agosto de 2.013, dictada en
la causa n° FRO 86000125/2013, caratulada “MARTÍNEZ, AMILCAR
EMANUEL s/ infracción art. 5 inc. c) de la Ley N° 23.737", como autor
responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de
comercialización (art. 5 inc. c) de la Ley N° 23.737) a la pena de cuatro
(4) años de prisión y a pagar en concepto de multa la suma de pesos
Fecha de firma: 29/11/2016 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.V., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #16367470#167886070#20161129123516395 cuatrocientos ($ 400.), dentro del término previsto en el art. 501 del
C.P.P.N., bajo apercibimientos del art. 21 del C.P..
Conforme nuevo cómputo, la pena impuesta al
nombrado vence el 29/07/17. A los efectos de la Ley 24.660, y
habiéndose aplicado la normativa vigente en su articulado n° 140, por
aplicación de estímulo educativo se procede a la reducción de dos
meses en el avance de las fases y/o períodos en la progresividad
penitenciaria, estableciéndose que el requisito temporal (art. 54 de de
dicha ley) para acceder a la libertad asistida, se cumple el día de la
fecha (291116).
Asimismo, surge de autos que el nombrado ha
abonado la multa conforme comprobante de pago agregado al presente.
Se agregan los informes y evaluaciones efectuados
por el lugar de detención y del Registro Nacional de Reincidencia.
-
Corrida vista fiscal, dictamina que corresponde
conceder el beneficio peticionado por el detenido en atención a las
actuaciones obrantes en el presente.
CONSIDERANDO:
A instancias de A., el Sr.
Director del C.P.F. NOA III de Salta remite...
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