Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 4 de Septiembre de 2019, expediente FMZ 005917/2016/1/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 5917/2016/1/CA1 Mendoza, 04 de septiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes N° FMZ 5917/2016/1/CA1, caratulados:

LEGAJO DE APELACION DE PUEBLA ESTRELLA, ANGEL OMAR

POR FALSIFICACION DOCUMENTACION AUTOMOTOR USO DE

DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296).

, originarios del

Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, venidos a esta S. “A” en virtud del

recurso de apelación interpuesto a fs. sub. 06 y vta., por la defensa técnica de

O.P.E., contra la resolución de fs. sub. 01/04, por la que se

dispone 1) ORDENAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISION

PREVENTIVA de Ángel O.P.E.…

Y CONSIDERANDO:

I. Que contra la resolución cuyo dispositivo ha quedado

transcripto “ut supra” interpone recurso de apelación la defensa técnica de

O.P.E., manifestando su discordancia con lo resuelto por el

Juez de Grado. Considera que el auto recurrido se encuentra escasamente

motivado, no acredita la existencia de dolo siendo que en el mismo decisorio

se consigna que no ha sido autor de falsificación alguna.

Señala que la posibilidad de recibir o circular en un automotor

con documentación adulterada, es grande y más aún, que ese trata de un

rodado que no registra medidas pendientes por parte de la justicia.

Agrega que no se han adoptado medidas que permitan conocer

las circunstancias en que su cliente recibió la tenencia de ese automotor ni se

ha hecho comparecer a la titular registral o requerir información al registro

Nacional del automotor.

II. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia que

prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374) fueron notificadas de la

opción prevista por Acordada N° 9715 de esta Cámara, habiendo comparecido

mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente el del apelante a fs.

sub. 15/17, y el del Sr. Fiscal General ante esta Cámara a fs. sub. 13/14,

solicitando el rechazo del recurso interpuesto, quedando la causa en

condiciones de ser resuelta.

Fecha de firma: 04/09/2019 Alta en sistema: 17/09/2019 Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #32827472#243163668#20190902135037894 III. Que los presentes tuvieron su génesis en virtud del

sumario Nº 09/2016 labrado por el Escuadrón 28 “Tunuyán” de Gendarmería

Nacional Argentina que da cuenta que el día 09 de marzo de 2016, siendo

aproximadamente las 11:30 horas, personal de la dependencia mencionada se

encontraba efectuando un...

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