Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 15 de Noviembre de 2017, expediente FMZ 039110/2016/2/CA002

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - MESA DE ENTRADAS CAMARA FMZ 39110/2016/2/CA2 Acta audiencia art. 454 C.P.P.N.

Expediente Nº FMZ 39110/2016/2/CA2, caratulado: “Legajo de apelación de LANDA, M.O. p/ Infr. Ley 23.737”.

En la ciudad de Mendoza, a quince días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, siendo las nueve cuarenta horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, los Sres. Vocales de la Sala “B”, D.. G.E.C. de Dios, O.P.A. y A.R.P., con la presencia del Sr.

Secretario Dr. N.A.B.. En representación del Ministerio Público de la Defensa asisten las Defensoras Públicas Oficiales, Dras.

V.R. y C.F. (por M.L., A.L.B.O. y M. Landa) y el Sr. Fiscal General ante el Cuerpo, Dr. D.M.V. y la Sra. F.V., quienes en mérito a la celeridad procesal convienen en que se trate en la presente audiencia las impugnaciones deducidas en los autos del epígrafe y en el precedente de autos Nº FMZ 39110/2016/3/CA3, caratulado: “Incidente de excarcelación de Betancourt, Astrid Lucía p/ Inf. Ley 23737”. Preside el presente acto, el Sr. Vocal del Tribunal Dr. G.E.C. de Dios. A continuación habiéndosele concedido el uso de la palabra a la parte recurrente, comienza su alegato la representante del Ministerio Público de la Defensa, quien luego de reseñar los antecedentes que dan origen a este legajo se expide sobre la situación legal de sus asistidos, argumentando que no existen pruebas que demuestren que aquéllos hayan organizado y financiado actividades de transportes de sustancias estupefacientes a través de personas utilizadas como “mulas”

provenientes de la República de Bolivia. En tal sentido, destaca, que en los allanamientos practicados en los dos domicilios vigilados solo se incautó una pequeña cantidad de cocaína, no obstante lo cual se los procesó por subsunciones legales muy graves, resultando antojadizas las argumentaciones del juez de grado, basadas solo en presunciones como fueron las conversaciones entre los aprehendidos. Por otro lado, dice que, la situación económica de los mencionados tampoco son indicativas del presunto dolo de tráfico. Siguiendo con su línea argumentativa, afirma que tampoco se han agregado al legajo elementos de convicción suficientes para demostrar, en principio, que lo incautado sea para ingresarlo al tráfico mercantil en la modalidad minorista (tenencia con fines de comercio) que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR