Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 30 de Julio de 2019, expediente FMZ 036138/2018/15

Fecha de Resolución30 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 36138/2018/15 Mendoza, 30 de julio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

La constitución del Tribunal con el fin de dar a conocer los

fundamentos en los presentes autos N° 36138/2018/15/CA6, caratulados:

LEGAJO DE APELACIÓN DE B., MARIO GERMÁN y OTROS

por INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC. C)

, venidos del Juzgado

Federal Nº 1 de Mendoza, a esta Sala “A” en virtud del recurso de apelación

interpuesto a fs. 1164/1166 vta., por la Defensa Oficial en representación de

los imputados M.G.B. y M.C.T.G.,

contra el auto de mérito obrante a fs. 1118/1131 vta..

Y CONSIDERANDO:

I. Que contra el auto de mérito de fs. 1118/1131 vta., interpone

recurso de apelación la defensa técnica de los encartados Mario Germán

B. y M.C.T.G..

Expresa como motivo de agravio que los elementos

incorporados con posterioridad al dictado de la falta de merito, carecen de la

pretendida “novedad”. Que las declaraciones de los preventores se remiten a

las tareas cumplidas durante la etapa de las investigaciones previas a las

detenciones, por lo que no agregan nada distinto. Que las declaraciones de los

agentes L. y R. nada suman respecto de los testimonios que

prestaron en sede policial y que el aporte de L. se reduce únicamente a lo

que observo R.. Por ello resalta la orfandad probatoria, señalando que

no hay elementos que permitan volver a dictar el procesamiento. Reproduce la

totalidad de los agravios expuestos en el recurso de apelación del día 23/08/18.

El embargo excede los fines del instituto procesal lo considera

excesivo. Solicita el sobreseimiento se revoque el embargo o se disminuya el

monto.

II. Elevado el expediente a la Alzada, el día y hora fijados para

la audiencia oral que prevé el art. 454 del C.P.P.N., concurren en calidad de

apelante la Defensa Publica Oficial, Dra. C.F. y, en

representación del Ministerio Público Fiscal, la Dra. C.E. quien,

todos a los fines de informar en la apelación oportunamente interpuesta,

Fecha de firma: 30/07/2019 Alta en sistema: 15/08/2019 Firmado por: O.P.A., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #33673779#240360238#20190730125206834 ampliando sus fundamentos, tal como se encuentra debidamente registrado en

soporte informático de audio, grabado por este Tribunal, quedando la causa en

condiciones de ser resuelta.

III. A fs. 1232/1234 vta., este Tribunal resolvió: “1º)...

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