Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 17 de Mayo de 2022, expediente CSS 072886/2014/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -

SALA 2

Sentencia Definitiva 72886/2014

LAZAROFF CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Buenos Aires,

Reunida la Sala II de la Excma Cámara Federal de la Seguridad Social a los fines del dictado de la presente sentencia, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DR. J.A.F. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala en virtud de los recursos de apelación interpuestos por ambas partes contra la sentencia de grado.

El organismo demandado se agravia de lo resuelto en torno a los parámetros ordenados para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial y solicita la aplicación del índice previsto en la ley 27.260, Decreto 807/2016 y en la Resolución ANSeS 56/2018. Cuestiona, además, la aplicación del precedente “B.” como pauta de movilidad. Apela la actualización dispuesta para la Prestación Básica Universal y la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 24

y 25 de la ley 24.241.

La parte actora se agravia del método de cálculo del retroactivo. Asimismo,

cuestiona la tasa de interés establecida y la forma en que se establecieron las costas.

Además, se opone a la aplicación del impuesto al valor agregado sobre las costas del juicio. Solicita la exención del pago de impuesto a las ganancias. Pide también la aplicación de una tasa de sustitución mínima.

En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” (Fallos 332: 1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia “B., L.O. c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” de fecha 18 de diciembre de 2018. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna.

En igual sentido, no resulta ocioso destacar que el Máximo Tribunal, se ha expedido en igual sentido en la causa caratulada “´F., O. c/ANSes s/Reajustes Varios” – sentencia de fecha 7 de febrero de 2019- , cuestión que recientemente convalidó en la causa: “F., M.A. c/ANSeS s/Reajustes Varios” -sentencia de fecha 4 de junio de 2020-, en la cual resolvió : “… confirmar la aplicación del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC),

con los alcances que surgen de los antecedentes “Elliff” y “Blanco”…”.

Fecha de firma: 17/05/2022

Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.M.D., SECRETARIA DE CÁMARA

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