Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 13 de Abril de 2022, expediente FRO 009272/2020/7/CA005

Fecha de Resolución13 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 9272/2020/7/CA5

Visto, en acuerdo de la Sala “A” –

integrada- el expediente N.. FRO 9272/2020/7/CA5, caratulado “Incidente de Excarcelación de De Maria, G. s/

Infracción ley 23.737”, proveniente del Juzgado Federal n°3

de la ciudad de Rosario, del que resulta,

El Dr. Aníbal Pineda dijo:

  1. - Vinieron los autos a esta instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto por la F. Federal, la Dra. A.S., contra la resolución de fecha 2 de febrero de 2021, que concedió la excarcelación de G. De María.

  2. - Concedido el recurso de apelación y elevadas las actuaciones, se dispuso la intervención de esta Sala “A”. Mantenido el recurso fiscal, se designó audiencia a los fines del artículo 454 del CPPN, se hizo saber a las partes la intervención de la Dra. E.I.V. y se puso en conocimiento que de acuerdo a las Acordadas nº

    43/2020 y 73/2020 de la CFAR, dictadas en consonancia a lo ordenado por la CSJN, no se realizarían audiencias presenciales ante este Tribunal durante el lapso expresado en aquéllas.

    Presentados los memoriales de las partes,

    las actuaciones pasaron al Acuerdo.

    Y considerando que:

  3. - Conforme surge del sistema Lex 100,

    por resolución de fecha 23 de agosto de 2021, el juez a cargo del Juzgado Federal nº 3 de la ciudad de Rosario, resolvió,

    …Clausurar la etapa instructoria en la presente causa,

    debiendo remitirse los mismos al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad que asigne el Sistema de Gestión Judicial para el juzgamiento de Á.D.M. (DNI Nº

    40.843.313) y G.D. (DNI nº 39.049.365)…

    Fecha de firma: 13/04/2022

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA 1

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 9272/2020/7/CA5

  4. - Así, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 3 de esta ciudad, resultó sorteado para intervenir en el debate. Cumplidas las notificaciones pertinentes, la causa se remitió a dicho Tribunal.

  5. - Reiterada jurisprudencia de la CSJN,

    afirma, que los tribunales deben expedirse conforme a las circunstancias vigentes al momento en que adoptan sus decisiones (Fallos 306:1160, 304:984 y 301:947 entre otros).

    En tal sentido, para la resolución del caso en estudio no es posible soslayar que el expediente principal fue remitido –de manera parcial- al tribunal de juicio, conforme surge de los registros del sistema...

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