Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 11 de Septiembre de 2017, expediente FBB 008580/2014/TO01/63

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 8580/2014/TO1/63 hía Blanca, de septiembre de 2017.-

AUTOS y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente FBB 8580/

2014/TO1/63, caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACION de RODRÍ-

GUEZ ACUÑA, MARIO ALBERTO”, del registro de este Tribunal Oral; Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Dr. J.I.V., defensor particular de M.A.R.A., solicita a fs.1 se le conceda la libertad condicional a su asistido, considerando que se encuentra en condiciones de obtener dicho beneficio en el mes en curso, teniendo en cuenta que se encuentra detenido desde el 14/07/14 y el descuento por el estímulo educativo oportunamente otorgado.

  2. Que, como resulta del informe actuarial obrante a fs. 2/vta., en los autos principales N.. FBB 8580/2014/TO1, caratulados “G.H., M.A.;B., N.A.; BERGALLO BELLEGIA, C.L.S.ÓN LEY 23.737 (ART.

    5 INC. C)”, se condenó a M.A.R.A., a la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISION Y DOS MIL TRESCIENTOS PESOS ($2.300)

    DE MULTA, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes, declarándolo reincidente. Asimismo, surge que dicha pena no se encuentra firme y continúa en trámite ante la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal. Se certifica asimismo que el imputado se encontrará en condiciones temporales de acceder al beneficio previsto por el art. 317, inc. 5º, del C.P.P.N., el día 13 del corriente mes y año.

  3. Que a fs.7/9vta. obran los informes actualizados de antecedentes del peticionante, de los que surge que registra una condena de 5 años de prisión, quinientos pesos de multa, accesorias legales y costas, dictada con fecha 8/06/2010 por el Tribunal en lo Criminal Nº1 del Departamento Judicial Bahía Blanca.

    Fecha de firma: 11/09/2017 Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: B.E.T., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.C.R., SECRETARIO DE CAMARA #30233889#188031556#20170911134922925 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 8580/2014/TO1/63 4. Que del dictamen del Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Penal 19 ─S.─ obrante a fs. 24/vta., se desprende “…En ausencia de aspectos desfavorables de la presente evaluación…opina como viable la posibilidad que el interno RODRIGUEZ ACUÑA, M.A.… ingrese al incidente de excarcelación en términos de Libertad Condicional (art. 317 inc.5 del C.P.P.N.), sugiriendo la supervisión y control por parte del Patronato de Liberados…”.

  4. Que la señora F. General, Dra...

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