Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 23 de Octubre de 2017, expediente FSM 037003206/2012/TO01/6

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 37003206/2012/TO1/6 En la ciudad de San Martín, a los 23 días del mes de octubre del año 2017 se constituye en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín el señor juez M.D.C., de conformidad con lo establecido por el art. 32 apartado II inc. 1 del C.P.P.N. –texto según leu 27.307-, con la intervención de C.T. como secretaria de actuación, a fin de dar llevar a cabo la audiencia prevista por el art. 293 C.P.P.N.

en el expte. FSM 37003206/2012/TO1/6 (reg. int.

3628) para tratar la solicitud de suspensión del juicio a prueba de M.H.R., por quien a fs. 1555/1558 (fs. 1/4vta. del presente legajo)

se requiriera la elevación a juicio en orden al delito de alteración del estado civil y la identidad de un menor de diez años, el que concursa de modo ideal con el delito de falsedad ideológica de documento público –destinado a acreditar la identidad de las personas-, previsto en el art. 139 inc. 2° del C.P. según ley 24.410, art. 293 primer y segundo párrafo en función del art. 292, primer y segundo párrafo, ambos del C.P., atribuidos en calidad de partícipe necesaria. Se verifica la presencia de la imputada y de su asistente técnico, el defensor público coadyuvante F.V.P., y de A.J.G. como parte damnificada. Se declara abierta la audiencia y se otorga la palabra a la imputada y a su defensa, quienes se remiten a la solicitud de suspensión del juicio a prueba efectuada a fs. 1618/1619 (fs.5/6 Fecha de firma: 23/10/2017 Alta en sistema: 31/10/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #29490704#191667246#20171023131459928 del presente legajo). La encausada refiere ser de nacionalidad argentina, haber nacido el 18 de marzo de 1935 en la localidad de Ascensión, partido de General Arenales, provincia de Buenos Aires, hija de V. y de F.O., domiciliada en Larrory 1321 de la localidad de Junín, que es jubilada y pensionada y que percibe un ingreso mensual aproximado de $7.000. Expresa su conformidad para cumplir con las reglas que el Tribunal establezca, por el lapso que estime oportuno.

Solicita que al momento de fijar las condiciones se tenga en cuenta su avanzada edad y que padece problemas auditivos y dificultades parciales de su memoria. Asimismo ofrece en concepto de reparación del daño cumplir con lo que el damnificado reclame.

A continuación se concedió la palabra al damnificado, quien expresó que no desea...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR