Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 12 de Agosto de 2016, expediente CPE 001506/2004/6

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS EN EL EXPEDIENTE CPE 1506/2004.

CARATULADO: “SOUTHERN WINDS S.A. S/INFRACCIÓN LEY 22.415”. J.N.P.E. N° 1 S. N° 2. CPE N°.1506/2004/6 (ORDEN N° 26.033. SALA “B”).

Buenos Aires, de agosto de 2016.

VISTO:

La solicitud de regulación de honorarios obrante en copia a fs.

10/11 del presente, efectuada por los Dres. E.G.M. y J.C.B., por la actuación ante este Tribunal en el expediente CPE.N° 1506/2004, caratulado:

SOUTHERN WINDS S.A. S/INFRACCIÓN LEY 22.415

del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1, Secretaría.N°.2.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el art. 534 del C.P.P.N. se establece: “...Los honorarios de los abogados y procuradores se determinarán de conformidad a la ley de arancel...”.

  2. ) Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido:“…el fallo plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal de la Capital Federal del 12 de abril de 1955, ‘De la Fuente, A.’

    que sostuvo que la aplicación de la escala arancelaria de los abogados y procuradores, en los juicios criminales y correccionales, sólo procedía si se había ejercitado la acción civil dentro del proceso penal…conserva actualidad y es compatible con la ley 21.839…por ello, se puede concluir en que para ciertos procesos penales las leyes de honorarios, tanto de abogados como de peritos contadores, no contienen norma expresa para su cálculo aritmético, pues no es posible aseverar que exista monto susceptible de ser apreciado pecuniariamente…” (Fallos 314:303).

  3. ) Que, por consiguiente, en los casos como el presente, en el cual se trata de regular los honorarios por la actuación profesional en una causa penal en la cual no se ha ejercitado la acción civil, en principio, aquellos honorarios de los abogados se deben regular sobre la base de las pautas Fecha de firma: 12/08/2016 establecidas por los incisos “b”, “c”, “d” y “f” del art. 6 de la ley 21.839 (texto Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.P.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.C., SECRETARIO DE CAMARA #21111950#158938267#20160809112626186 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional según ley 24.432). Aquellas pautas se vinculan con la naturaleza y la complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, la eficiencia, la extensión del trabajo...

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