Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 8 de Febrero de 2019, expediente FRO 034001/2016/TO01/5

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 34001/2016/TO1/5 (MVV)

Resolución N° 13/19.

Santa Fe, 8 de febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN de U., M.A. en autos URQUÍA, M.A. y OTRO s/ infracción ley 23.737 (art. 5 inc. C) - Expte. N° FRO 34001/2016/TO1/5, en trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe de los que CONSIDERANDO:

  1. Que en fecha 4 de febrero del corriente el Dr. L.A., en ejercicio de la defensa técnica de M.A.U., solicita la excarcelación de su defendido y -en forma subsidiaria- su detención domiciliaria (fs. 30/35 y 36/41 respectivamente).

    Funda la solicitud excarcelatoria en virtud de lo dispuesto por los arts. 14, 18 y 75 inc. 22 de la CN (art. 7 CADH y 9 PIDCP), 2, 280, 316, 317, 318, 320, y ss. del CPPN, dando cuenta que el imputado posee arraigo familiar y laboral en la jurisdicción, acompañando documental a los fines de acreditar tales extremos. Del mismo modo afirma que no existe peligro de fuga o pruebas Fecha de firma: 08/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #32627257#226194334#20190208075802327 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 34001/2016/TO1/5 (MVV)

    pendientes que puedan frustrarse con la libertad del encausado.

    En relación al planteo de prisión domiciliaria, invoca como fundamento razones humanitarias. Refiere que la esposa del encartado padece un grave estado de salud, siendo indispensable que el nombrado le preste ayuda y colaboración al no contar con una persona que la pueda asistir en debida forma, como así también que pueda llevar adelante la crianza de sus hijos menores.

    En ambas presentaciones cita doctrina y jurisprudencia en apoyo a sus pedidos, haciendo reservas del caso federal.

  2. Corrida vista al Ministerio Público Fiscal, a fs. 43 la Dra. J.A.C., dictamina que no corresponde hacer lugar a la excarcelación al no haber variado las condiciones y circunstancias evaluadas por este tribunal al denegar la excarcelación -oportunamente solicitada por la defensa del encartado-, mediante resolución N° 3214/18 de fecha 05/10/2018.

    En igual sentido se opone a la concesión del beneficio de prisión domiciliaria, dando cuenta que la situación descripta por la defensa no se encuentra Fecha de firma: 08/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA...

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