Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 27 de Agosto de 2019, expediente FCT 004261/2017/40/CA018

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES 4261/2017 Corrientes, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve.

Y Visto: el incidente de cese de prisión preventiva en autos “ESCOBAR,

L.E.P.ón ley 23.737”, E.. Nº FCT 4261/2017/40/CA18 del

registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal de G..

Considerando:

Que estos obrados ingresan a la Cámara en virtud del recurso de

apelación deducido a fs. 9/11 vta. por la Defensa Oficial de Lucas Ezequiel

Escobar contra la resolución de fs. 7/8 vta. que denegó el cese de la prisión

preventiva y prorrogó la misma por el término de un año (punto 1º).

El recurrente se agravia en virtud de considerar que la resolución apelada

resulta nula, por falta de motivación (art. 123 C.P.P.N.), afirmando que no están

configurados los supuestos de excepción del art. 1 de la ley 24.390 (cantidad de

delitos y complejidad de la causa) y que la demora en la tramitación del proceso

no es atribuible a su defendido. Luego de realizar una descripción del acontecer

procesal como sustento de sus argumentos, agrega que no están presentes los

justificativos ni las bases para prorrogar la prisión preventiva. Sostiene la

violación del plazo razonable y que la prolongación del proceso constituye un

adelanto de pena. Cita jurisprudencia en apoyo de sus dichos. Finalmente se

agravia en cuanto a la falta de tratamiento respecto de las deficiencias

estructurales y la situación de emergencia en materia penitenciaria, declarado por

el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. F. reserva.

  1. contestar la vista a fs. 60, el F. General S. manifiesta que

debe confirmarse la Resolución Nº 164 del 27 de mayo de 2019, en razón de que

la prorroga se decretó fundándose en la complejidad de la causa y que ya se

dispuso la elevación de la causa a juicio, tornándose su modo de ver indispensable

asegurar la presencia del imputado al juicio. Asimismo a fs. 62/65 la Defensa

oficial ante este Cuerpo presento el memorial sustitutivo de la audiencia oral

mediante el cual se ratifican todos y cada uno de los agravios.

Ingresando al análisis de la cuestión propuesta, cabe señalar que el

magistrado de grado prorrogó la cautelar que pesa sobre el nombrado, por

considerar que se le imputa el delito de tenencia de estupefacientes para

comercialización y que concurren las pautas del art. 319 del CPPN, aduciendo

que la causa es compleja en razón de la multiplicidad de incidentes (42) y que se

ha formulado el requerimiento de...

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