Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 22 de Diciembre de 2020, expediente FSM 023743/2020/4/CA003

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

FSM 23743/2020/4/CA3, C.: “Incidente Nº 4 -

IMPUTADO: CAMPIÑO, M.D.

s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de Moron 2 , Secretaria Nº 8

Registro de Cámara:13741

S.M., 22 de diciembre de 2020.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega la presente incidencia a estudio de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa de M.C., contra la resolución del Sr. Juez a quo que no hizo lugar a la excarcelación del nombrado bajo ningún tipo de caución, ni a las medidas de cese de prisión preventiva solicitadas en subsidio.

  2. Corresponde recordar que el encausado fue cautelado por considerárselo autor del delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de tenencia con fines de comercialización, figura prevista y penada en el Art. 5°, Inc.

    c

    de la ley 23.737, en concurso real con el delito de tenencia de arma de uso civil sin la debida autorización legal,

    Art. 189 bis, inc. 2 párrafo primero del Código Penal;

    decisorio que fuera confirmado por este Tribunal en el día de la fecha.

  3. Conforme surge de las constancias de autos, el agravio de la recurrente se centra, en la morigeración del cumplimiento de la prisión preventiva frente a la ausencia de riesgos procesales en el caso concreto, al igual que por Fecha de firma: 22/12/2020

    Firmado por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    cuestiones de emergencia sanitaria y humanitaria, ante el avance de la pandemia del COVID-19 y también penitenciaria.

  4. Ahora bien, en cuanto a la primera cuestión introducida, cabe destacar que el delito por el que se lo cautelara, cuenta con severas penas conminadas en abstracto,

    cuya dosimetría sancionatoria haría improcedente su soltura,

    bajo ningún tipo de caución, en tanto el máximo supera el tope de ocho años establecido en el Art. 317, inciso 1°, en función del Art. 316 del ordenamiento adjetivo (primera regla), al tiempo que el mínimo legal contemplado no permite avizorar la posibilidad de aplicación de una condena de ejecución condicional (segunda regla).

    Considerando esas pautas procesales, conjuntamente con los parámetros previstos en los artículos 319 del CPPN, 221 y 222 del CPPF y lo fijado en el plenario “D.B., R.G. s/ recurso de casación” (Acuerdo N° 1/2008, Plenario N°

    13, de la entonces Cámara Nacional de Casación Penal, en la causa N° 7480 del registro de la Sala II del Cuerpo, resuelta el 30/10/2008), se determina que, en el caso concreto, media el riesgo procesal de peligro de fuga, que motiva a homologar la decisión del juez de primera instancia.

    Debe ponderarse, por un lado, la naturaleza del ilícito que se le endilga, en tanto los bienes que se tutelan Fecha de firma: 22/12/2020

    Firmado por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

    FSM 23743/2020/4/CA3, C.: “Incidente Nº 4 -

    IMPUTADO: CAMPIÑO, M.D.

    s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de Moron 2 , Secretaria Nº 8

    Registro de Cámara:13741

    transcienden el orden particular y colocan en riesgo a la sociedad en su conjunto (ver análisis del tribunal en Reg. N°

    7678, de esta Secretaría Penal y Sala III, Causa N° 9957,

    G., N. s/recurso de casación

    , del 5/11/08; Causa N°

    10003, “P., C. s/recurso de casación”, del 19/11/08 y Causa N° 10085, “P.P., M. s/recurso de casación”,

    del 19/11/08).

    De acuerdo con ello, compútanse como pautas indicativas de un concreto riesgo procesal de fuga, la severidad de la pena conminada en abstracto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR