Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 6 de Noviembre de 2018, expediente CFP 014377/2015/38/CA016

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 14377/2015/38/CA16 CCCF - Sala 2 CFP 14377/2015/38/CA16 “C U, D D s/excarcelación”

Juzgado N° 11 - Secretaria N° 21 Buenos Aires, 6 de noviembre de 2018.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

El señor Defensor Oficial Coadyuvante, Dr.

F.I., apeló a fs. 14/6 vta. del legajo la denegatoria de la excarcelación solicitada por su asistido -D D C U- en oportunidad de prestar declaración indagatoria –cfr. auto fs. 9/13-.

El nombrado fue legitimado pasivamente recientemente en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para ello -artículos 5°, inciso “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737- y sin entrar a ponderar el mérito de la cuestión, que excede el marco de análisis de esta incidencia, la amenaza de pena que conlleva el delito mencionado constituye una pauta relevante a la hora de evaluar la posibilidad de que se fugue o entorpezca la investigación, de acuerdo a la presunción prevista por el legislador en los artículos 316 y 317 del CPPN.

La presente investigación trasunta en torno al quehacer de una estructura que funcionaba en la clandestinidad, integrada por distintos actores, quienes operaban organizados en distintos grupos con sus propios distribuidores pero que se relacionaban e interactuaban entre sí.

Las zonas de influencia eran las Villas 31, 31 bis y Z. de esta ciudad, traspasando sus límites hacia otros puntos del interior de la Provincia de Buenos Aires. Si bien la causa principal fue elevada parcialmente a juicio en relación a 16 imputados, respecto del encartado se encontraba vigente una orden de captura dispuesta en su contra por cuanto, siendo uno de los sospechosos no fue habido en instancias en que se llevaron a cabo los allanamientos que permitieron incautar material prohibido y otros efectos incriminatorios con que disponía la organización –vide Pto. XIII auto del 5/12/2016 a fs. 433/4 vta.-.

Fue recién a partir de ser detenido en el marco de un procedimiento llevado a cabo en la localidad de Quilmes, también vinculado con el tráfico de estupefacientes, que fue anotado en forma Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara...

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