Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES, 3 de Octubre de 2019, expediente FCT 010366/2017/TO01/3

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Corrientes, 03 de octubre de 2019.

Y VISTO: Este incidente de ESTÍMULO EDUCATIVO de V.J.C. correspondiente a la causa principal “VEIGA, J.C. s/

Infracción ley 23.737”, expediente Nº 10366/2017/TO1/3.

CONSIDERANDO: Que viene el presente incidente a estudio del Tribunal en virtud del beneficio de estímulo educativo -art. 140 de la ley 24.660 peticionado por el señor Defensor Oficial en representación de J.C.V.D.N.3., actualmente alojado en la Colonia Penal de S.P. –

(U.11) provincia del Chaco.

En atención a ello, se libró oficio a la citada unidad de detención requiriéndose la intervención de las áreas respectivas del Consejo Correccional a fin de que se expidan en relación al beneficio pretendido.

Que, agregados a fs. 04/06 vta. los informes solicitados, dan cuenta que el interno en cuestión ingresó a la Unidad en fecha 11/04/2018 manifestando poseer Ciclo Primario incompleto, por lo que se lo inscribió a la 3º Etapa del Nivel Primario dictado por la Escuela para Adultos Nº 19 “L.L., el que cursó y aprobó en el ciclo lectivo 2018, siendo inscripto con posterioridad a la 4º

Etapa del Nivel Primario, que actualmente se encuentra cursando.

En esa misma dirección, mediante acta, el Consejo Correccional sugirió la reducción de un (01) mes en el Régimen de la Progresividad del Servicio Penitenciario, por el ciclo lectivo anual cursado por el interno de marras y en aplicación del art. 140 inc a) de la Ley 26660.

En dictamen que luce a fs. 08, el representante del Ministerio Público Fiscal entendió que no era razonable la concesión del “Estímulo Educativo”

conforme art. 140 inc “a, b y c” de la Ley 24660 en favor del causante, en virtud de que en el auto de procesamiento de fecha 19/02/2018 figura que el detenido cuenta con instrucción primaria completa.

Analizadas las constancias obrantes en autos, entiendo que, habiendo el causante cursado el ciclo anual del año 2018, corresponde hacer lugar a la aplicación del beneficio del “Estímulo Educativo” por el término de un (01) mes de Fecha de firma: 03/10/2019 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B. CAMPOS #33852953#246071072#20191003121452799 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes recompensa educativa, en función del logro obtenido por el interno, teniendo en consideración lo dispuesto por la Ley 27375 en vigencia a partir del 28/07/2017.

La concesión aquí...

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