Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 29 de Agosto de 2018, expediente FRO 033918/2016/3/CA002

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B Penal/Int Rosario, 29 de agosto de 2018 Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente n° FRO 33918/2016/3/CA2 caratulado “Incidente de Nulidad en autos RUIZ, L.R. s/ Infracción Ley 23.737” (del Juzgado Federal N° 4 de la ciudad de Rosario), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Oficial nº 1 Dra.

R.A.G., en ejercicio de la defensa técnica de L.R.R. (fs. 10/13 vta.), contra la resolución del 22/05/2018 (fs. 8/9), por la que se rechazó el planteo de nulidad formulado por esa parte.

Elevados los autos a la alzada e ingresados en esta Sala “B”

en virtud de haberlo hecho anteriormente (fs. 19), se celebró audiencia en los términos del art. 454 CPPN, en la que tanto la defensa como el F. General adjuntaron minuta escrita (fs. 22/23; 24/26 vta. respectivamente), con lo que la causa quedó en estado de ser resuelta (fs. 27).

U El Dr. Bello dijo:

  1. ) Los agravios expuestos por la defensa de R. consisten en considerar que la detención y requisa llevadas a cabo en autos resultan ilegales, toda vez que han sido realizadas sin orden judicial y sin que se haya verificado la concurrencia de circunstancias que habiliten la realización de tales medidas de modo excepcional, en el marco de lo previsto por el código ritual.

    Resalta que el procedimiento comienza cuando se observa ingresar a R. a un pasillo lindero, sin especificar dice, qué es lo que esta circunstancia indica respecto de indicios de culpabilidad del mismo.

    Explica que las medidas realizadas en autos resultan a todas luces ilegales, por haber sido llevadas a cabo en franca violación de lo normado en los arts. 230, 230 bis, y 284 del CPPN.

    Indica que lo verdaderamente relevante es que el funcionario Fecha de firma: 29/08/2018 Alta en sistema: 30/08/2018 Firmado por: EDGARDO BELLO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #29255914#214705058#20180829084031844 actuante brinde los verdaderos motivos que sustentaron su accionar.

    Finalmente efectúa reserva de recurrir ante tribunales superiores.

  2. ) Según surge del acta de procedimiento obrante a fs. 3/4 de los autos principales –la que se visualiza a través del CD que obra reservado en Secretaría-, personal de Gendarmería Nacional Argentina, al encontrarse realizando un patrullaje de prevención en vehículo de la fuerza sobre las calles Washington y Cavia de esta ciudad (en el marco del Operativo “Santa Fe”), observó a una persona de sexo masculino, quien al percatarse de la presencia de los integrantes de la patrulla intentó correr e ingresar a un pasillo lindante, razón por la cual se le dio la voz de alto, lográndose su aprehensión a pocos metros, momento en que se apreció a simple vista que portaba una bolsa transparente de nylon.

    H. identificado como L.R.R. y practicado un cacheo preventivo sobre el mismo, se lo invitó a exhibir lo que transportaba en la bolsa, apreciándose a simple vista distintas bolsas con envoltorios de nylon de color celeste de medianas dimensiones de color blanco, con forma de bochitas, los cuales contenían un polvo de color blanco, con características similares a la cocaína, y otros envoltorios que contenían una sustancia vegetal parduzca similar a la marihuana.

    Que debido a la peligrosidad del sector donde se encontraban y a la poca iluminación existente, como así también a la concentración de vecinos que empezaban a aglomerarse poniendo en riesgo a los integrantes de la patrulla, y a la negativa de aquellos a colaborar como testigos del procedimiento en razón de que aducían conocer al aprehendido, se vieron obligados a trasladarse junto con R. y los elementos de prueba hasta el asiento de la unidad.

    Según consta en el acta, una...

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