Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 27 de Septiembre de 2016, expediente FBB 012000085/2012/TO01/3

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000085/2012/TO1/3 hía Blanca, de septiembre de 2016.-

AUTOS y VISTOS:

Los del presente legajo de ejecución penal FBB 12000085/2012/TO1/3, caratulado: "INCIDENTE DE INGRESO A LA UNIDAD DE EGUREN, D.L. POR INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART.5 INC.

C)”, del registro de este Tribunal; Y CONSIDERANDO:

  1. Que el señor Defensor Oficial, Dr. J.I.G.P.C., interpone a fs.179/183 recurso de casación contra la resolución de fs.163/165 por la que se resolvió denegar el pedido de prisión domiciliaria solicitada en favor del penado D.L.E..

  2. Que, el recurrente pretende obtener la revisión del mencionado auto y su consecuente anulación pues, en su opinión, en la decisión impugnada se inobservaron y/o se aplicaron erróneamente normas constitucionales, convencionales, procesales, de fondo, ley de ejecución penal y su decreto reglamentario, causándole a su asistido un perjuicio no subsanable y de imposible reparación ulterior.

    Sostiene que en la resolución no han sido debidamente analizados ni rebatidos los argumentos esgrimidos en la presentación, existiendo una falta de fundamentación manifiesta que colisiona con el principio de congruencia, tornando arbitraria la decisión que se pretende impugnar.

    A su entender se ha efectuado un tratamiento selectivo de los informes médicos agregados a la causa, por lo que la cuestionada resolución es producto de una equívoca valoración de los elementos probatorios, deviniendo la denegatoria de prisión domiciliaria en manifiestamente arbitraria, contraria a la Constitución Nacional, los Tratados de Derechos Humanos y a la normativa aplicable en el caso.

    Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: B.E.T., JUEZ FEDERAL Firmado(ante mi) por: M.C.Y., SECRETARIO DE JUZGADO #27513514#162916960#20160927105751972 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000085/2012/TO1/3 Requiere, en síntesis, la anulación de la decisión atacada y, la directa solución del caso ─sin reenvío─, haciéndose lugar a su pretensión y la concesión al penado de la prisión domiciliaria. Sugiere la incorporación de su defendido, previo estudio de viabilidad técnica, al Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica.

  3. Que, el recurso ha sido planteado en término, por quien se halla facultado para hacerlo (art.459 C.P.P.N.), con interés de...

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