Sentencia de CAMARA FEDERAL, 15 de Abril de 2016, expediente FPA 003236/2014/3/CA006

Fecha de Resolución15 de Abril de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 3236/2014/3/CA6 Paraná, 15 de abril de 2.016.

Y VISTO: en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. D.E.A., P.; la Dra. C.G.G., V.; y el Dr. D.A.C., Juez de Cámara Subrogante, en el Expte. N°

FPA 3236/2014/3/CA6, caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE F.V., A.G. (D) EN AUTOS F.V., A.G. (D)

POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, provenientes del Juzgado Federal N° 1 de Concepción del Uruguay, y; DEL QUE RESULTA:

El Dr. D.E.A. dijo:

Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 124/125 por la defensa del imputado A.G.F.V., contra la resolución obrante a fs. 120/122 que no hace lugar al pedido de excarcelación, manteniendo su situación actual. El recurso es concedido a fs. 128.

En esta instancia, se celebra la audiencia oral preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta el acta de fs. 148 y vta., compareciendo en la oportunidad el Dr. Juan José

Fecha de firma: 15/04/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: D.A.C., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: G.R.P., PROSECRETARIO DE CÁMARA #24358437#151302014#20160418114918389 Buktenica, en defensa del imputado A.G.F.V. y el Sr. Fiscal General de Cámara, Dr. R.C.M.Á., quedando las presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

I-

  1. Que, el Dr. Buktenica, señala que la situación de su defendido es particular. Indica que F.V. fue excarcelado por el Juez, siendo tal resolución revocada por este Tribunal, que resolvió su detención. Destaca que entre su excarcelación y su detención pasaron 7 meses y que a su defendido se lo encontró en su domicilio, donde había manifestado que iba a estar.

    Resalta como prueba palpable el comportamiento del imputado durante siete meses, los que estuvo a derecho y concurrió semanalmente a la Comisaría, lo que demuestra que esta persona no quiso fugarse ni entorpecer la investigación.

    Aduce que el argumento de que F.V. tuvo supuestamente un intento de fuga de la Unidad Penal, cae por su propio peso, no tiene fundamento.

    Fecha de firma: 15/04/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: D.A.C., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: G.R.P., PROSECRETARIO DE CÁMARA #24358437#151302014#20160418114918389 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

    FPA 3236/2014/3/CA6 Indica que su cliente lleva detenido 13 meses y tiene probado arraigo. Agrega que la causa está agotada en la investigación.

    Solicita se revoque el rechazo del pedido de excarcelación y se le otorgue la libertad a su defendido.

  2. A su turno, el Sr. Fiscal General, señala que la decisión de la Justicia Federal fue vergonzosa y destaca que se dictó a los pocos días de haber ampliado el procesamiento.

    Señala que pasaron cinco meses y no siete; y que esta Cámara confirmó el auto de procesamiento y prisión...

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