Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 7 de Octubre de 2015, expediente FSA 008054/2014/3/CA003

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA Salta, 7 de octubre de 2015.-

AUTOS Y VISTA:

Esta causa nro. 8054/2014/3/CA3 caratulada: “Orquera, W.R. s/excarcelación” con trámite en el Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, y RESULTANDO:

I- Que la defensa oficial de R.W.O. interpuso recurso de apelación en contra del auto que luce a fojas 28/30 del presente incidente, por el cual el juez de la anterior instancia denegó el pedido de excarcelación del nombrado (cfr. fs. 22/24 y vta.).

La recurrente, en su escrito de apelación, indicó que la resolución recurrida vulnera el principio de inocencia y el debido proceso, toda vez que carece de fundamentación en cuanto al peligro de elusión del accionar de la justicia puesto en cabeza de su defendido, basándose en cuestiones genéricas y abstractas.

Por otra parte, indicó que el a quo no se explayó respecto del perjuicio ocasionado al imputado, por el Fecha de firma: 07/10/2015 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH, SECRETARIO DE CAMARA error en el que habría incurrido el F.F. al momento de dilatar el trámite de la oposición formulada en los términos del art.

350 del C.P.P.N.

Por otra parte, adujo que se omitió

valorar los elementos objetivos aportados por su parte, ya que el imputado cuenta con arraigo acreditado en territorio nacional, y que se ha arribado a una solución en base a la pena conminada en abstracto, como presunción iuris et de iure, en contradicción con la legislación procesal, constitucional, convencional y de la jurisprudencia plenaria del Fallo “D.B.”.

II- Que, por su parte, el F. General Adjunto sostuvo, a fs. 38/41, que atento al ilícito de transporte de estupefacientes investigado, y atento a la pena que le correspondería en caso de recaer condena, no resulta aplicable la condena de ejecución en suspenso, circunstancia que constituye un elemento a tener en cuenta que permite inferir, junto a otras circunstancias, que de accederse a la concesión de la excarcelación, a sabiendas de que el imputado podría ser merecedor de una sanción severa, intentaría entorpecer el trámite de la causa.

Fecha de firma: 07/10/2015 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH, SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA

III- Que, para así resolver, el a quo tuvo en cuenta que Orquera se encuentra procesado por el delito de transporte de estupefacientes, y atento al modo de comisión y las circunstancias en las que se desarrollaron los hechos que motivaron su detención, encontrándose firme el decisorio, consideró que debía rechazarse el pedido de excarcelación impetrado, en los términos del art. 319 del C.P.P.N.

CONSIDERANDO:

I- Que el examen de la cuestión traída a estudio debe comenzar por la calificación de los hechos que han sido atribuidos al imputado, consistente en el transporte de 17 kilos y 761 gramos de cannavis sativa, previstos en el artículo 5º, inc. “c” de la ley 23.737, contiene una escala penal elevada, con un máximo y un mínimo que en principio no permitiría que la condena fuese de cumplimiento condicional, lo que constituye un relevante elemento de análisis, dado que, aún considerando que...

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